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CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A ENTIDADES ORGANIZADORAS DE FIESTAS, EN PUEBLOS, BARRIOS Y PARROQUIAS DEL CONCEJO DE OVIEDO 2026

Otras Prestaciones económicas

La presente convocatoria tiene como objeto la concesión de subvenciones a entidades sin ánimo de lucro que organicen romerías tradicionales y fiestas populares en pueblos, barrios y parroquias del concejo de Oviedo durante el año 2026. Se busca fomentar la participación activa de estas entidades en la planificación y gestión de las actividades festivas. La convocatoria se enmarca dentro del Plan Estratégico de Subvenciones de la Concejalía de Festejos 2025-2027, y se destina un total de 112.500,00 € para financiar estas actividades.

BDNS: 908752 | Registro: 2026-05-28

Análisis Económico

Importe Máximo El importe máximo de la subvención por entidad es de 4.500,00 €.
% Subvención Las subvenciones no podrán exceder del 50% del coste total de la actividad a desarrollar por el beneficiario.
Forma de Pago Las subvenciones se pagarán anticipadamente antes de la justificación, tras verificar que el beneficiario está al corriente en sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social.
Gastos Subvencionables
Se consideran gastos subvencionables aquellos que respondan a la naturaleza de la actividad, como contrataciones artísticas, alquiler de carpas y escenarios, servicios de limpieza y seguridad, publicidad, y otros gastos relacionados con la organización de las fiestas. No se subvencionarán gastos financieros, intereses, sanciones, ni IVA recuperable.

Requisitos y Beneficiarios

Beneficiarios: GRAN EMPRESA; PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA; PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA; PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Podrán ser beneficiarios las entidades sin ánimo de lucro con sede en el concejo de Oviedo, que estén debidamente constituidas e inscritas en el Registro Administrativo y en el Registro de entidades ciudadanas del Ayuntamiento. Deben estar al corriente en sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social, y haber justificado subvenciones anteriores. No podrán optar entidades de derecho público, universidades, colegios profesionales, entre otros. La verificación de requisitos se realizará de oficio por el órgano instructor.
✅ Compatibilidad y Concurrencia Las subvenciones no podrán superar el coste total de la actividad y no se podrán acumular con otras ayudas para el mismo fin que superen dicho coste. La obtención de otras subvenciones deberá ser comunicada al órgano concedente.

Detalles Técnicos

Obligaciones Clave
Los beneficiarios deben llevar a cabo el proyecto aprobado, justificar el cumplimiento de requisitos, someterse a comprobaciones, comunicar otras subvenciones obtenidas, y dar publicidad a la financiación municipal. También deben conservar la documentación justificativa y proceder al reintegro de fondos en caso de incumplimiento.
Documentación Requerida
Criterios de Valoración
La valoración se basará en el presupuesto de gastos del programa festivo. Se realizará un reparto proporcional entre las entidades solicitantes, teniendo en cuenta el presupuesto de cada una y la consignación presupuestaria existente. Se aplicarán límites de subvención máxima y se repetirá el proceso de distribución hasta agotar la consignación.

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Referencia de la Convocatoria
CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A ENTIDADES ORGANIZADORAS DE FIESTAS, EN PUEBLOS, BARRIOS Y PARROQUIAS DEL CONCEJO DE OVIEDO 2026
Resumen: La presente convocatoria tiene como objeto la concesión de subvenciones a entidades sin ánimo de lucro que organicen romerías tradicionales y fiestas populares en pueblos, barrios y parroquias del concejo de Oviedo durante el año 2026. Se busca fomentar la participación activa de estas entidades en la planificación y gestión de las actividades festivas. La convocatoria se enmarca dentro del Plan Estratégico de Subvenciones de la Concejalía de Festejos 2025-2027, y se destina un total de 112.500,00 € para financiar estas actividades.
BDNS: 908752