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AUTONOMICA

CONVOCATORIA DE AYUDAS MEDIANTE ACTIVIDADES PARA FORMACIÓN PROFESIONAL Y ADQUISICIÓN DE COMPETENCIAS (7201_01), EN EL SECTOR AGRARIO, AGROALIMENTARIO, FORESTAL Y EL MEDIO RURAL (PEPAC) 2023-2027, ANUALIDADES 2026 A 2028

Agricultura, Pesca y Alimentación

La Orden de 16 de abril de 2026 establece las bases reguladoras para la concesión de ayudas destinadas al intercambio de conocimientos y actividades de información en el sector agrario, agroalimentario, forestal y el medio rural, en el marco del Plan Estratégico de la Política Agraria Común (PEPAC) 2023-2027 en la Región de Murcia. Estas ayudas se centran en actividades de formación profesional y adquisición de competencias, y se convocan para las anualidades 2026, 2027 y 2028. La modificación de la orden busca mejorar la gestión y corregir inconsistencias observadas en el texto original, así como ajustar la normativa a la legislación vigente en materia de subvenciones.

BDNS: 907859 | Registro: 2026-05-25

Análisis Económico

Importe Máximo El importe total de las ayudas asciende a 1.320.000,00 €, distribuidos en 360.000,00 € para 2027 y 960.000,00 € para 2028.
% Subvención 100% de los gastos debidamente justificados en que incurra el prestador de la formación, con un límite máximo del 30% de la ayuda convocada por beneficiario.
Forma de Pago Las solicitudes de pago se presentarán tras la realización de las acciones formativas, y se deberán justificar los gastos incurridos. Los plazos para la presentación de solicitudes de pago están establecidos para cada año fiscal.
Gastos Subvencionables
Los gastos subvencionables incluyen los costes de formación, materiales didácticos, seguros, y otros gastos directamente relacionados con la ejecución de las acciones formativas, siempre que estén debidamente justificados.

Requisitos y Beneficiarios

Beneficiarios: PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Podrán acceder a estas ayudas las entidades públicas y/o privadas sin ánimo de lucro que presten servicios de formación y que cumplan con los requisitos establecidos en el artículo 3 de la Orden de 5 de diciembre de 2024. Estas entidades deben estar legalmente constituidas, inscritas en el registro correspondiente y contar con recursos humanos y materiales adecuados para la ejecución de las actividades de formación. Además, deben estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
✅ Compatibilidad y Concurrencia Las ayudas son incompatibles con otras subvenciones que financien las mismas acciones formativas. Los beneficiarios deben declarar cualquier otra subvención solicitada o recibida que pueda ser incompatible.

Detalles Técnicos

Obligaciones Clave
Los beneficiarios deben justificar el uso de los fondos, mantener la documentación durante el periodo de control, y cumplir con las obligaciones de publicidad de las ayudas recibidas. También deben notificar cualquier modificación relevante en la ejecución de las acciones formativas.
Documentación Requerida
Criterios de Valoración
La valoración de las solicitudes se realizará de acuerdo con los criterios de selección indicados en el anexo XXII de la convocatoria, pudiendo alcanzar un máximo de 90 puntos. Las solicitudes que no obtengan al menos 27 puntos serán excluidas.

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Referencia de la Convocatoria
CONVOCATORIA DE AYUDAS MEDIANTE ACTIVIDADES PARA FORMACIÓN PROFESIONAL Y ADQUISICIÓN DE COMPETENCIAS (7201_01), EN EL SECTOR AGRARIO, AGROALIMENTARIO, FORESTAL Y EL MEDIO RURAL (PEPAC) 2023-2027, ANUALIDADES 2026 A 2028
Resumen: La Orden de 16 de abril de 2026 establece las bases reguladoras para la concesión de ayudas destinadas al intercambio de conocimientos y actividades de información en el sector agrario, agroalimentario, forestal y el medio rural, en el marco del Plan Estratégico de la Política Agraria Común (PEPAC) 2023-2027 en la Región de Murcia. Estas ayudas se centran en actividades de formación profesional y adquisición de competencias, y se convocan para las anualidades 2026, 2027 y 2028. La modificación de la orden busca mejorar la gestión y corregir inconsistencias observadas en el texto original, así como ajustar la normativa a la legislación vigente en materia de subvenciones.
BDNS: 907859