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Convocatoria concesión subvenciones económicas por Ayuntamiento Sestao realización programas acogimiento menores, residentes en países extranjeros especialmente desfavorecidas, que sean acogidos temporalmente en 2026 en familias de Sestao

Servicios Sociales y Promoción Social

El objeto de la subvención es la concesión de ayudas económicas para la realización de programas de acogimiento de menores residentes en países extranjeros que se encuentren en condiciones especialmente desfavorecidas. Estas ayudas están destinadas a familias empadronadas en el municipio de Sestao que acojan temporalmente a estos menores durante el año 2026. Los programas deben ser organizados y promovidos por entidades sin ánimo de lucro, y no se permitirá la cesión de locales o materiales municipales para estas actividades. No se establecen áreas geográficas prioritarias, permitiendo que los menores provengan de cualquier país extranjero. Las condiciones que se considerarán para determinar la situación desfavorecida incluyen factores socioeconómicos, conflictos bélicos, y otras circunstancias que impidan un desarrollo adecuado de los menores.

BDNS: 909986 | Registro: 2026-06-02

Análisis Económico

Importe Máximo 5.000 euros por programa, y no se podrá subvencionar más de un programa a la misma entidad.
% Subvención Se concederá el 100% de la cuantía solicitada por la entidad, con un límite máximo de 5.000 euros por programa.
Forma de Pago Las subvenciones se pagarán en dos partes: el 75% al inicio y el 25% tras la justificación de los gastos.
Gastos Subvencionables
1. Gastos de traslado de los menores desde su país de origen y regreso. 2. Seguros durante la estancia en la Comunidad Autónoma. 3. Actividades lúdicas y socioculturales para los menores y familias acogedoras. 4. Compra de ropa, gafas, medicamentos y otros productos considerados necesidades básicas.

Requisitos y Beneficiarios

Beneficiarios: PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Los beneficiarios de estas subvenciones son entidades jurídicas, públicas o privadas, sin ánimo de lucro, que realicen actividades de acogimiento de menores. Deben estar legalmente constituidas y registradas en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento de Sestao. Además, deben estar al corriente en la justificación de subvenciones anteriores y en sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. No podrán estar incursos en procedimientos de reintegro o sanciones relacionadas con subvenciones.
✅ Compatibilidad y Concurrencia Las subvenciones no podrán superar el coste total del programa, y si se reciben otras ayudas, se ajustará la subvención del Ayuntamiento en consecuencia.

Detalles Técnicos

Obligaciones Clave
1. Cumplir con las condiciones establecidas en las bases y en la Ordenanza municipal. 2. Utilizar la subvención para el fin para el que fue concedida. 3. Justificar adecuadamente los gastos. 4. Informar sobre otras ayudas recibidas para el mismo fin.
Documentación Requerida
Criterios de Valoración
1. Número de menores acogidos: 4 puntos por cada menor (máximo 20 puntos). 2. Contenido general del programa: hasta 40 puntos, considerando la coherencia, enfoque de género, participación de beneficiarios e impacto en la ciudadanía. 3. Experiencia previa en programas de acogida: 3 puntos por cada programa subvencionado (máximo 15 puntos). 4. Situación de los menores en su país de origen: hasta 25 puntos, considerando factores como conflictos bélicos y acceso a recursos básicos.

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Referencia de la Convocatoria
Convocatoria concesión subvenciones económicas por Ayuntamiento Sestao realización programas acogimiento menores, residentes en países extranjeros especialmente desfavorecidas, que sean acogidos temporalmente en 2026 en familias de Sestao
Resumen: El objeto de la subvención es la concesión de ayudas económicas para la realización de programas de acogimiento de menores residentes en países extranjeros que se encuentren en condiciones especialmente desfavorecidas. Estas ayudas están destinadas a familias empadronadas en el municipio de Sestao que acojan temporalmente a estos menores durante el año 2026. Los programas deben ser organizados y promovidos por entidades sin ánimo de lucro, y no se permitirá la cesión de locales o materiales municipales para estas actividades. No se establecen áreas geográficas prioritarias, permitiendo que los menores provengan de cualquier país extranjero. Las condiciones que se considerarán para determinar la situación desfavorecida incluyen factores socioeconómicos, conflictos bélicos, y otras circunstancias que impidan un desarrollo adecuado de los menores.
BDNS: 909986