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AUTONOMICA

Convocatoria 2026 Subvención centros de ocio- población inferior 500 habitantes

Otras actuaciones de carácter económico

La Resolución 180/2026 convoca subvenciones para el año 2026 destinadas a Centros de ocio, convivencia y sociabilidad en municipios y núcleos de población con una población igual o inferior a 500 habitantes, así como a entidades locales menores. El objetivo es apoyar la habilitación, reforma, construcción y adaptación de locales públicos para mejorar los servicios básicos y fomentar la convivencia y sociabilidad. Se establecen tres líneas de ayudas: Línea A para habilitación de espacios de venta de productos básicos, Línea B para reformas de establecimientos existentes y Línea C para la construcción o adaptación de nuevos locales. El total de la subvención asciende a 1.130.000 euros, distribuidos en dos anualidades.

BDNS: 893963 | Registro: 2026-03-18

Análisis Económico

Importe Máximo Línea A: 18.000 euros por actuación; Línea B: 45.000 euros por actuación; Línea C: 240.000 euros por actuación.
% Subvención Línea A: 100% para poblaciones hasta 300 habitantes, 90% para 301-400 habitantes, 80% para 401-500 habitantes. Línea B: 100% para poblaciones hasta 300 habitantes, 90% para 301-400 habitantes, 80% para 401-500 habitantes. Línea C: 100% para poblaciones hasta 300 habitantes, 90% para 301-400 habitantes, 80% para 401-500 habitantes.
Forma de Pago Se concede un anticipo del 50% del importe total concedido para las líneas B y C. El pago final se realiza tras la justificación de la actividad subvencionada, dentro de los plazos establecidos.
Gastos Subvencionables
Se pueden financiar gastos relacionados con la habilitación, reforma, construcción y adaptación de locales públicos, así como la compra de equipamiento necesario para los establecimientos de bar-cafetería.

Requisitos y Beneficiarios

Beneficiarios: PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Los beneficiarios son los municipios de La Rioja con población igual o inferior a 500 habitantes y entidades locales menores. También se incluyen núcleos de población separados con población igual o inferior a 500 habitantes, que deben presentar la solicitud a través del municipio del que dependen. Se requiere que los beneficiarios estén al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, y que tengan planes aprobados conforme a la normativa vigente.
✅ Compatibilidad y Concurrencia Las ayudas son compatibles con otras subvenciones, siempre que no se superen los costes de la actividad subvencionada y se declare la obtención de otras ayudas para la misma finalidad.

Detalles Técnicos

Obligaciones Clave
1. Justificar la ejecución de al menos el 40% (Línea B) o 25% (Línea C) antes del 31 de diciembre de 2026. 2. Exhibir una placa identificativa del carácter público de la financiación. 3. No iniciar la ejecución de la obra antes de la resolución de concesión. 4. Mantener la publicidad durante el periodo de compromisos.
Documentación Requerida
Criterios de Valoración
1. Población del municipio: hasta 100 habitantes (50 puntos), 101-200 (40 puntos), 201-300 (30 puntos), 301-500 (20 puntos). 2. Años desde la última ayuda: 2 años (0 puntos), 3 años o más (5 puntos), nunca ha sido beneficiario (10 puntos). En caso de empate, se prioriza el municipio con menor población.

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Referencia de la Convocatoria
Convocatoria 2026 Subvención centros de ocio- población inferior 500 habitantes
Resumen: La Resolución 180/2026 convoca subvenciones para el año 2026 destinadas a Centros de ocio, convivencia y sociabilidad en municipios y núcleos de población con una población igual o inferior a 500 habitantes, así como a entidades locales menores. El objetivo es apoyar la habilitación, reforma, construcción y adaptación de locales públicos para mejorar los servicios básicos y fomentar la convivencia y sociabilidad. Se establecen tres líneas de ayudas: Línea A para habilitación de espacios de venta de productos básicos, Línea B para reformas de establecimientos existentes y Línea C para la construcción o adaptación de nuevos locales. El total de la subvención asciende a 1.130.000 euros, distribuidos en dos anualidades.
BDNS: 893963