Innpulsa | Detalle de Convocatoria
FICHA IA
Home Observador IA Diagnóstico Servicios Modelo NIT Sobre Nosotros Recursos Contacto
LOCAL

CONVOCATORIA 2026 PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES DE LA DELEGACIÓN DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA PARA GASTOS GENERALES DE FUNCIONAIENTO Y ACTIVIDADES A ASOCIACIONES VECINALES

Otras Prestaciones económicas

La convocatoria de subvenciones para el ejercicio 2026, promovida por la Concejalía de Participación Ciudadana del Ayuntamiento de Dos Hermanas, tiene como objetivo fomentar y promover la participación ciudadana a través de actividades y programas desarrollados por asociaciones vecinales y centros sociales. Las subvenciones se otorgan en régimen de concurrencia competitiva y están destinadas a actividades sociales, educativas, culturales, de ocio, promoción de la salud y protección animal, así como al sostenimiento de sedes sociales. La información sobre la convocatoria será publicada en el Boletín Oficial de la Provincia y en la web municipal, y se regirá por la Ley General de Subvenciones y su reglamento.

BDNS: 908473 | Registro: 2026-05-27

Análisis Económico

Importe Máximo La cuantía total de las subvenciones no podrá superar los 50.000 € en total para todas las solicitudes.
% Subvención La subvención no podrá superar el 100% de los gastos subvencionables, con un límite máximo de 3.000,00 € por entidad.
Forma de Pago Se podrá realizar un pago anticipado de hasta el 100% de la subvención. Las entidades deberán justificar la realización de la actividad o programa subvencionado antes o después del pago.
Gastos Subvencionables
Los gastos subvencionables incluyen: gastos de personal, adquisición de alimentos (máx. 30% del total), menaje y utensilios de cocina, desplazamientos, alquiler de bienes, suministros, obras menores para mantenimiento de la sede, telefonía e internet, limpieza, seguridad, cumplimiento de legislación laboral, seguros, tasas municipales, material fungible, publicidad y otros gastos relacionados con la actividad.

Requisitos y Beneficiarios

Beneficiarios: PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Podrán beneficiarse de estas subvenciones las asociaciones vecinales que estén inscritas en el Registro Municipal de Dos Hermanas y que tengan al menos un año de antigüedad. Además, deberán cumplir con los requisitos establecidos en la Ordenanza General Reguladora de la Concesión de Subvenciones. Es necesario que las entidades estén al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
✅ Compatibilidad y Concurrencia Las subvenciones son compatibles con otras ayudas públicas o privadas para el mismo fin, siempre que el importe total no supere el coste presupuestado. Las entidades deben informar al Ayuntamiento sobre otras subvenciones recibidas.

Detalles Técnicos

Obligaciones Clave
Las entidades beneficiarias deben realizar la actividad subvencionada, someterse a comprobaciones del Ayuntamiento, comunicar la obtención de otras subvenciones, y dar publicidad a la subvención concedida.
Documentación Requerida
Criterios de Valoración
Los criterios de valoración incluyen: 1) Número de personas asociadas (hasta 50 puntos); 2) Organización de actividades y talleres (hasta 12 puntos); 3) Composición paritaria de la Junta Directiva (hasta 7 puntos); 4) Incorporación de jóvenes en la Junta Directiva (hasta 6 puntos). La fórmula para calcular la subvención es: Subvención a conceder = Puntos obtenidos x 40 €.

¿Te ayudamos a tramitar esta subvención?

Maximiza tus opciones de éxito. Nuestro equipo de expertos analiza tu caso, prepara la documentación técnica y administrativa, y gestiona todo el proceso por ti.

Referencia de la Convocatoria
CONVOCATORIA 2026 PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES DE LA DELEGACIÓN DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA PARA GASTOS GENERALES DE FUNCIONAIENTO Y ACTIVIDADES A ASOCIACIONES VECINALES
Resumen: La convocatoria de subvenciones para el ejercicio 2026, promovida por la Concejalía de Participación Ciudadana del Ayuntamiento de Dos Hermanas, tiene como objetivo fomentar y promover la participación ciudadana a través de actividades y programas desarrollados por asociaciones vecinales y centros sociales. Las subvenciones se otorgan en régimen de concurrencia competitiva y están destinadas a actividades sociales, educativas, culturales, de ocio, promoción de la salud y protección animal, así como al sostenimiento de sedes sociales. La información sobre la convocatoria será publicada en el Boletín Oficial de la Provincia y en la web municipal, y se regirá por la Ley General de Subvenciones y su reglamento.
BDNS: 908473