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ARAGÓN

CONVENIO ENTRE EL DPTO. DE AGRICULTURA, G. Y A. Y EL BANCO DE ALIMENTOS DE ZARAGOZA PARA SUBVENCIÓN DIRECTA PARA FINANCIAR ACTUACIONES CONSISTENTES EN EL SUMINISTRO DE PRODUCTOS AGRARIOS RETIRADOS DEL MERCADO Y DISTRIBUCIÓN GRATUITA A ENTIDADES BENÉFICAS.

Agricultura, Pesca y Alimentación

El objeto del convenio es la concesión de una subvención directa por parte del Gobierno de Aragón a la Fundación Banco de Alimentos de Zaragoza, destinada a financiar la transformación de productos agrarios, específicamente frutas frescas, que han sido retirados del mercado. Esta transformación se realizará en zumo y puré, y los productos resultantes serán distribuidos gratuitamente a entidades benéficas para ayudar a las personas más necesitadas. La subvención se enmarca dentro del Decreto-ley 1/2025, de 9 de abril, y busca mejorar la rentabilidad del sector frutal y reducir el excedente de producción. Las actividades subvencionables incluyen la recepción, almacenamiento, transformación, envasado, etiquetado, paletización, conservación y transporte de los productos transformados.

BDNS: 872332 | Registro: 2025-12-02

Análisis Económico

Importe Máximo 275.000,00 € es el importe total de la subvención concedida.
% Subvención 100% de los gastos subvencionables relacionados con la transformación, almacenamiento y distribución de los productos.
Forma de Pago El pago se realizará en dos partes: un anticipo del 50% (137.500,00 €) se pagará dentro de los 30 días posteriores a la formalización del convenio, y el 50% restante se pagará tras la justificación de la actividad subvencionada.
Gastos Subvencionables
Los gastos subvencionables incluyen: a) Recepción y almacenaje del producto, b) Transformación industrial del producto, c) Envasado y etiquetado del producto, d) Proceso de paletización de los envases, e) Conservación frigorífica de los productos elaborados, f) Transporte a los almacenes de los Bancos de Alimentos y otras operaciones logísticas necesarias.

Requisitos y Beneficiarios

Beneficiarios: PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Los beneficiarios de esta subvención son las entidades benéficas, específicamente la Fundación Banco de Alimentos de Zaragoza, que debe cumplir con los requisitos legales establecidos en la Circular de Coordinación 16/2023. Esta fundación debe estar autorizada por la autoridad competente de la Comunidad Autónoma de Aragón para actuar como organización caritativa y debe tener capacidad técnica y experiencia en la gestión de la distribución de alimentos. Además, debe estar al corriente de sus obligaciones tributarias y de la Seguridad Social.
✅ Compatibilidad y Concurrencia La beneficiaria no podrá percibir otra subvención directa de carácter nominativo o en concurrencia competitiva para el mismo objeto o actividades accesorias.

Detalles Técnicos

Obligaciones Clave
Las obligaciones clave incluyen: a) Cumplir con las actividades estipuladas en el convenio, b) Asumir la responsabilidad de la gestión de las actividades, c) Cumplir con la legislación en materia de transparencia y medioambiental, d) Participar en la Comisión de Seguimiento, e) Reintegrar fondos en caso de incumplimiento.
Documentación Requerida
Criterios de Valoración
No se especifican criterios de valoración en el documento, ya que se trata de una concesión directa. Sin embargo, se establece que la Fundación debe cumplir con las obligaciones estipuladas en el convenio y la normativa aplicable.