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ESTADO

Convenio con el Consejo General de Colegios de Ópticos-Optometristas, por el que se regulan las condiciones de colaboración entre ambas partes en el marco del programa de ayudas directas para la obtención de equipos de ayuda visual dirigido a la población

Sanidad

El objeto del convenio es regular la colaboración entre el Ministerio de Sanidad y el Consejo General de Colegios de Ópticos-Optometristas para gestionar un programa de ayudas directas denominado ‘Plan VEO’, destinado a la obtención de sistemas de ayuda visual para la población menor de dieciséis años con problemas de refracción. Este programa busca facilitar el acceso a gafas, lentes graduadas y lentes de contacto a los menores que cumplan con ciertos requisitos, garantizando así su derecho a la salud visual. Las ayudas se gestionarán a través de los establecimientos sanitarios de óptica adheridos al convenio, quienes serán responsables de la venta y entrega de los productos subvencionados.

BDNS: 892619 | Registro: 2026-03-11

Análisis Económico

Importe Máximo El importe máximo por sistema de ayuda visual es de 100 euros.
% Subvención 100% del coste de los sistemas de ayuda visual hasta un máximo de 100 euros, IVA incluido.
Forma de Pago Los pagos se realizarán mensualmente tras la revisión de la facturación por parte del CGCOO, y se abonarán en un plazo máximo de 15 días hábiles desde la recepción de la cuenta justificativa.
Gastos Subvencionables
Los gastos subvencionables incluyen: montura básica con lentes graduadas orgánicas, lentes graduadas orgánicas, lentes de contacto y soluciones para su mantenimiento. No se subvencionan gastos de servicios ópticos u optométricos como graduación o consejo personalizado.

Requisitos y Beneficiarios

Beneficiarios: PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Los beneficiarios son menores de dieciséis años que deben cumplir con los siguientes requisitos: tener derecho a la asistencia sanitaria pública, presentar un problema de refracción que pueda ser corregido con los sistemas de ayuda visual, y no haber sido diagnosticados con patologías que justifiquen la corrección a través del Sistema Nacional de Salud. Además, deben aceptar el presupuesto y no haber adquirido sistemas de ayuda visual subvencionados en un plazo inferior a 365 días. Los padres o tutores deben firmar una declaración responsable sobre la no concurrencia de otras ayudas similares.
✅ Compatibilidad y Concurrencia Las ayudas del Plan VEO son compatibles con otras subvenciones, siempre que la cuantía total no supere los 100 euros. En caso de recibir otras ayudas, se deberá declarar y la subvención del Plan VEO se ajustará en consecuencia.

Detalles Técnicos

Obligaciones Clave
Las obligaciones incluyen: mantener la confidencialidad de la información, cumplir con los requisitos de la Ley de Protección de Datos, y asegurar la correcta gestión y justificación de las ayudas. Además, los establecimientos deben garantizar la presencia de ópticos-optometristas y cumplir con las normativas de funcionamiento.
Documentación Requerida
Criterios de Valoración
Los criterios de valoración incluyen la verificación del cumplimiento de los requisitos establecidos en el convenio, así como la correcta presentación de la documentación necesaria por parte de los establecimientos sanitarios de óptica. La valoración se basa en la adecuación de los expedientes y la correcta gestión de las ayudas.

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Referencia de la Convocatoria
Convenio con el Consejo General de Colegios de Ópticos-Optometristas, por el que se regulan las condiciones de colaboración entre ambas partes en el marco del programa de ayudas directas para la obtención de equipos de ayuda visual dirigido a la población
Resumen: El objeto del convenio es regular la colaboración entre el Ministerio de Sanidad y el Consejo General de Colegios de Ópticos-Optometristas para gestionar un programa de ayudas directas denominado ‘Plan VEO’, destinado a la obtención de sistemas de ayuda visual para la población menor de dieciséis años con problemas de refracción. Este programa busca facilitar el acceso a gafas, lentes graduadas y lentes de contacto a los menores que cumplan con ciertos requisitos, garantizando así su derecho a la salud visual. Las ayudas se gestionarán a través de los establecimientos sanitarios de óptica adheridos al convenio, quienes serán responsables de la venta y entrega de los productos subvencionados.
BDNS: 892619