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AUTONOMICA

BOAL/RESOLUCIÓN 2/07/2001 JUNTA SANEAMIENTO – CONCESIÓN APORTACIONES OR COSTES DE EXPLOTACIÓN, MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE OBRAS E INSTALACIONES DE DEPURACIÓN Y DE AYUDAS PARA FINANCIAR GASTOS DE INVERSIÓN

Otras actuaciones de carácter económico

La resolución de 2 de julio de 2001 establece las bases para la concesión de aportaciones y ayudas a concejos y entidades públicas en el Principado de Asturias, destinadas a financiar los costes de explotación, mantenimiento y conservación de obras e instalaciones de depuración de aguas residuales, así como gastos de inversión. Se busca asegurar la correcta gestión y funcionamiento de estas instalaciones, promoviendo la calidad del agua y el cumplimiento de normativas ambientales. Las ayudas se concederán en función de la disponibilidad del canon de saneamiento recaudado y se priorizarán las instalaciones que no sean consideradas de interés regional. Además, se establece un procedimiento claro para la solicitud y justificación de las ayudas, así como criterios de valoración para su concesión.

BDNS: 898512 | Registro: 2026-04-13

Análisis Económico

Importe Máximo El importe máximo de las ayudas dependerá del crédito disponible en los presupuestos y no podrá exceder el coste real de la actuación a desarrollar.
% Subvención Las aportaciones cubrirán los costes de explotación, mantenimiento y conservación de las instalaciones, así como gastos de inversión, con un límite que dependerá de la disponibilidad del canon recaudado.
Forma de Pago Se permite solicitar un pago anticipado del 50% de la aportación. El segundo pago se realizará una vez justificado el gasto correspondiente al primer anticipo.
Gastos Subvencionables
Se consideran subvencionables los costes de explotación, mantenimiento y conservación de las instalaciones de depuración, así como los gastos de inversión necesarios para su puesta en funcionamiento. Esto incluye contratos, facturas, y cualquier gasto relacionado con la mejora de las instalaciones.

Requisitos y Beneficiarios

Beneficiarios: PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Los beneficiarios son los concejos y entidades públicas que sean titulares de obras e instalaciones de depuración de aguas residuales, no consideradas de interés regional. Deben cumplir con la obligación de facturar, recaudar y liquidar el canon de saneamiento de manera periódica. Se requiere que las entidades estén al corriente de sus obligaciones fiscales y que presenten la documentación necesaria para la solicitud de ayudas.
✅ Compatibilidad y Concurrencia Las ayudas no podrán superar el coste real de la actuación y no se podrán destinar a otros conceptos distintos. Se establece que la aportación de la Junta de Saneamiento puede ser complementaria a otras ayudas, pero no podrá superar el coste total de la actuación.

Detalles Técnicos

Obligaciones Clave
Los beneficiarios deben mantener y explotar eficazmente las instalaciones, informar periódicamente sobre su funcionamiento y comunicar cualquier anomalía. Además, deben justificar los gastos y cumplir con los objetivos de calidad establecidos.
Documentación Requerida
Criterios de Valoración
La valoración de las solicitudes se realizará en función de la adecuación a las necesidades de depuración y de inversión de cada núcleo. Se considerarán aspectos como la complejidad de las instalaciones, la calidad del efluente, la población servida y la complementariedad con otras actuaciones. Se establecen criterios específicos para costes de explotación y para gastos de inversión.

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Referencia de la Convocatoria
BOAL/RESOLUCIÓN 2/07/2001 JUNTA SANEAMIENTO – CONCESIÓN APORTACIONES OR COSTES DE EXPLOTACIÓN, MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE OBRAS E INSTALACIONES DE DEPURACIÓN Y DE AYUDAS PARA FINANCIAR GASTOS DE INVERSIÓN
Resumen: La resolución de 2 de julio de 2001 establece las bases para la concesión de aportaciones y ayudas a concejos y entidades públicas en el Principado de Asturias, destinadas a financiar los costes de explotación, mantenimiento y conservación de obras e instalaciones de depuración de aguas residuales, así como gastos de inversión. Se busca asegurar la correcta gestión y funcionamiento de estas instalaciones, promoviendo la calidad del agua y el cumplimiento de normativas ambientales. Las ayudas se concederán en función de la disponibilidad del canon de saneamiento recaudado y se priorizarán las instalaciones que no sean consideradas de interés regional. Además, se establece un procedimiento claro para la solicitud y justificación de las ayudas, así como criterios de valoración para su concesión.
BDNS: 898512