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BASES Y ANEXOS QUE HAN DE REGIR LA CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE AYUDAS MUNICIPALES DIRECTAS A LAS COMISIONES DE FIESTAS PARA EL AÑO 2026

Servicios Sociales y Promoción Social

Las presentes bases reguladoras tienen como objetivo regular la concesión directa de ayudas municipales a las Comisiones de Fiestas o Entidades Asociativas análogas con sede social en Güímar, para apoyar la organización de actos festivos en los barrios del municipio durante el año 2026. Se busca fomentar la participación ciudadana, la cohesión social y mejorar la organización de las actividades festivas. Las ayudas se destinarán a cubrir gastos derivados de la organización de estas actividades, diferenciándose de las Fiestas Patronales de San Pedro. Las solicitudes se podrán presentar durante un plazo de 20 días naturales tras la publicación del anuncio de convocatoria.

BDNS: 898787 | Registro: 2026-04-14

Análisis Económico

Importe Máximo El importe total destinado a estas subvenciones es de 45.500,00 €, que se prorrateará entre los beneficiarios según la organización de actos festivos y el número de habitantes de los barrios.
% Subvención Las subvenciones podrán cubrir hasta el 100% del coste de la actuación subvencionada, sin que el importe total de la subvención supere el coste total del proyecto.
Forma de Pago El pago de la ayuda se realizará a partir de la aprobación de las ayudas, y se podrá realizar un pago anticipado sin necesidad de garantía previa. El abono estará condicionado a que la entidad beneficiaria esté al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
Gastos Subvencionables
Los gastos subvencionables incluyen todos los derivados de la organización de actividades festivas en los barrios, excluyendo las Fiestas Patronales de San Pedro. Se deben cumplir las normativas de facturación y pago, y no se aceptarán gastos superiores al valor de mercado.

Requisitos y Beneficiarios

Beneficiarios: PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Los beneficiarios de estas subvenciones son las Comisiones de Fiestas o Entidades Asociativas legalmente constituidas que cumplan con los siguientes requisitos: estar inscritas en el Registro Canario de Asociaciones, tener sede en Güímar, haber justificado subvenciones anteriores, estar al corriente de obligaciones fiscales y de la Seguridad Social, no haber sido sancionadas con la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones, y no haber recibido subvenciones nominativas en el ejercicio 2026. Además, no podrán ser beneficiarias aquellas asociaciones que cumplan con las circunstancias del artículo 13.2 de la Ley 38/2003.
✅ Compatibilidad y Concurrencia Las subvenciones son compatibles con otras ayudas, siempre que no superen el coste total del proyecto y se especifique la administración que las otorga. El beneficiario debe informar sobre la obtención de otros recursos en los informes finales.

Detalles Técnicos

Obligaciones Clave
Las entidades beneficiarias deben cumplir con el objetivo de la subvención, comunicar cualquier eventualidad que afecte al proyecto, proporcionar información para la evaluación y justificación, justificar la aplicación de la subvención, reintegrar fondos si no se justifican adecuadamente, y dar publicidad a la financiación municipal mediante el uso del logo del Ayuntamiento.
Documentación Requerida
Criterios de Valoración
No se especifican criterios de valoración en el documento, ya que se trata de una concesión directa por concurrencia no competitiva. Sin embargo, se menciona que las cuantías individualizadas se determinarán en función de la relevancia de los festejos, la duración y el impacto social.

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Referencia de la Convocatoria
BASES Y ANEXOS QUE HAN DE REGIR LA CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE AYUDAS MUNICIPALES DIRECTAS A LAS COMISIONES DE FIESTAS PARA EL AÑO 2026
Resumen: Las presentes bases reguladoras tienen como objetivo regular la concesión directa de ayudas municipales a las Comisiones de Fiestas o Entidades Asociativas análogas con sede social en Güímar, para apoyar la organización de actos festivos en los barrios del municipio durante el año 2026. Se busca fomentar la participación ciudadana, la cohesión social y mejorar la organización de las actividades festivas. Las ayudas se destinarán a cubrir gastos derivados de la organización de estas actividades, diferenciándose de las Fiestas Patronales de San Pedro. Las solicitudes se podrán presentar durante un plazo de 20 días naturales tras la publicación del anuncio de convocatoria.
BDNS: 898787