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Bases reguladoras de las ayudas a entidades deportivas sin ánimo de lucro para el año 2026

Otras Prestaciones económicas

Las bases reguladoras de las ayudas a entidades deportivas sin ánimo de lucro para el año 2026 tienen como objetivo la concesión de ayudas económicas para el mantenimiento ordinario de actividades deportivas, participación en ligas autonómicas y campeonatos de España, organización de campus deportivos, uso de instalaciones deportivas privadas y adquisición de tecnología para mejorar el rendimiento deportivo. Se establecen varias modalidades de ayuda, cada una con su propio enfoque y requisitos específicos, para fomentar la actividad física y el deporte en la isla de Ibiza.

BDNS: 897690 | Registro: 2026-04-08

Análisis Económico

Importe Máximo Importes máximos por modalidad: A: 370.000 euros, B: 85.000 euros, C: 45.000 euros, D: 25.000 euros, E: 10.000 euros, F: 15.000 euros, G: 20.000 euros, H: 30.000 euros.
% Subvención Las ayudas varían según la modalidad, con importes máximos establecidos para cada una. Por ejemplo, hasta 370.000 euros para mantenimiento ordinario, 85.000 euros para ligas autonómicas, 45.000 euros para campeonatos de España, entre otros.
Forma de Pago El pago se realizará tras la presentación de una cuenta justificativa simplificada al finalizar la actividad subvencionada. Se requiere documentación que acredite la realización de la actividad y los gastos incurridos.
Gastos Subvencionables
Gastos subvencionables incluyen: mantenimiento ordinario, participación en ligas y campeonatos, vestuario para campus, alquiler de instalaciones, adquisición de tecnología, y organización de eventos deportivos. No se aceptan gastos protocolarios, bancarios, ni de bienes inventariables (excepto en Modalidad G).

Requisitos y Beneficiarios

Beneficiarios: PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Podrán beneficiarse de estas ayudas las entidades deportivas sin ánimo de lucro que estén legalmente constituidas e inscritas en el Registro de Entidades Deportivas del Gobierno de las Islas Baleares y que desarrollen su actividad en Ibiza. Se excluyen las federaciones deportivas. Los beneficiarios deben estar al corriente de sus obligaciones tributarias y no tener deudas con el Consell Insular d’Eivissa. Además, deben cumplir con los requisitos establecidos en la Ley 38/2003 y el Decreto Legislativo 2/2005.
✅ Compatibilidad y Concurrencia Las ayudas son compatibles con otras subvenciones, siempre que se comunique al Consell Insular d’Eivissa. Si hay incompatibilidad, la entidad deberá optar por la ayuda que considere más adecuada.

Detalles Técnicos

Obligaciones Clave
Las entidades beneficiarias deben cumplir con la realización de la actividad subvencionada, comunicar cualquier eventualidad, someterse a comprobaciones, conservar documentos justificativos, y hacer constar la financiación pública en sus actividades. También deben estar al corriente de obligaciones tributarias y no haber sido sancionadas por prácticas discriminatorias.
Documentación Requerida
Criterios de Valoración
Los criterios de valoración incluyen: Modalidad A: puntos por cada deportista (masculino, femenino, adaptado); Modalidad B: puntos por desplazamientos; Modalidades C y D: puntos por desplazamientos a campeonatos. Se valoran también las memorias y justificaciones presentadas.

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Referencia de la Convocatoria
Bases reguladoras de las ayudas a entidades deportivas sin ánimo de lucro para el año 2026
Resumen: Las bases reguladoras de las ayudas a entidades deportivas sin ánimo de lucro para el año 2026 tienen como objetivo la concesión de ayudas económicas para el mantenimiento ordinario de actividades deportivas, participación en ligas autonómicas y campeonatos de España, organización de campus deportivos, uso de instalaciones deportivas privadas y adquisición de tecnología para mejorar el rendimiento deportivo. Se establecen varias modalidades de ayuda, cada una con su propio enfoque y requisitos específicos, para fomentar la actividad física y el deporte en la isla de Ibiza.
BDNS: 897690