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BASES REGULADORAS DE LA SUBVENCIÓN DE AYUDAS DESTINADAS A LAS ACTUACIONES DE REHABILITACIÓN DEL PARQUE RESIDENCIAL DE MOLINA DE SEGURA.

Otras actuaciones de carácter económico

La convocatoria tiene como objetivo regular el procedimiento de solicitud, tramitación, concesión y pago de ayudas para la rehabilitación de fachadas y mejora de la eficiencia energética en edificios residenciales del municipio de Molina de Segura. Se busca incentivar la inversión privada para mejorar el parque de edificios y viviendas, alineándose con los objetivos europeos de eficiencia energética y descarbonización. Las ayudas se pueden solicitar para actuaciones realizadas a partir del 1 de julio de 2024, y se centran en la mejora de la envolvente edificatoria, accesibilidad y otros aspectos técnicos necesarios para la rehabilitación.

BDNS: 907120 | Registro: 2026-05-21

Análisis Económico

Importe Máximo El importe máximo de la ayuda dependerá de la actuación, con límites específicos como 1.000 euros por vivienda para la retirada de amianto o 20.000 euros para medidas activas de eficiencia energética.
% Subvención Las ayudas varían según el tipo de actuación, pudiendo alcanzar hasta el 80% del coste de la actuación en casos específicos, como mejoras sostenibles. Por ejemplo, hasta 1.100 euros por edificio más 40 euros por vivienda para la redacción del libro del edificio existente.
Forma de Pago El pago se realizará mediante transferencia bancaria tras la concesión de la ayuda y la obtención del informe favorable del título habilitante. Se permite solicitar anticipos y abonos a cuenta, pero el pago no se realizará si el beneficiario no está al corriente de sus obligaciones tributarias.
Gastos Subvencionables
Los gastos subvencionables incluyen la redacción del libro del edificio, informes de evaluación, retirada de amianto, mejoras de eficiencia energética, adecuación a normativas actuales, actuaciones sostenibles y mejoras de accesibilidad. El IVA es elegible si no puede ser recuperado.

Requisitos y Beneficiarios

Beneficiarios: PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA; PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Los beneficiarios pueden ser propietarios, usufructuarios o arrendatarios de viviendas, así como comunidades de propietarios o agrupaciones de comunidades de propietarios. Las viviendas deben ser de uso predominantemente residencial, anteriores al año 2006 y situadas en el entorno residencial de rehabilitación programada (ERRP). Se requiere que las actuaciones cuenten con los permisos necesarios y el acuerdo de la comunidad de propietarios en caso de edificios colectivos.
✅ Compatibilidad y Concurrencia Las ayudas son compatibles con otras subvenciones públicas para el mismo objeto, siempre que no se supere el coste total de las actuaciones y que la regulación de las otras ayudas lo permita. El órgano instructor podrá realizar comprobaciones a través de la Base de Datos Nacional de Subvenciones.

Detalles Técnicos

Obligaciones Clave
Los beneficiarios deben justificar las actuaciones realizadas, someterse a comprobaciones del órgano concedente, comunicar cualquier modificación relevante y destinar la ayuda íntegra al pago de la actuación. Además, deben conservar la documentación justificativa durante 5 años.
Documentación Requerida
Criterios de Valoración
Las solicitudes se valorarán en función de la fecha de entrada en el registro del órgano competente. La concesión de ayudas está limitada por el crédito presupuestario disponible. Se priorizarán las solicitudes que cumplan con los requisitos establecidos en la normativa reguladora.

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Referencia de la Convocatoria
BASES REGULADORAS DE LA SUBVENCIÓN DE AYUDAS DESTINADAS A LAS ACTUACIONES DE REHABILITACIÓN DEL PARQUE RESIDENCIAL DE MOLINA DE SEGURA.
Resumen: La convocatoria tiene como objetivo regular el procedimiento de solicitud, tramitación, concesión y pago de ayudas para la rehabilitación de fachadas y mejora de la eficiencia energética en edificios residenciales del municipio de Molina de Segura. Se busca incentivar la inversión privada para mejorar el parque de edificios y viviendas, alineándose con los objetivos europeos de eficiencia energética y descarbonización. Las ayudas se pueden solicitar para actuaciones realizadas a partir del 1 de julio de 2024, y se centran en la mejora de la envolvente edificatoria, accesibilidad y otros aspectos técnicos necesarios para la rehabilitación.
BDNS: 907120