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BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA DEL CONCURSO PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES PARA GASTOS DE INVERSIÓN DE ASOCIACIONES VECINALES DE OURENSE, CORRESPONDIENTES AL EJERCICIO 2026

Otras Prestaciones económicas

El objeto de estas bases es regular la tramitación y concesión de subvenciones a asociaciones vecinales de Ourense para realizar inversiones en inmuebles y equipamiento, así como pequeñas obras de mejora. Se busca mejorar la calidad de vida local y fomentar la participación vecinal. Las obras subvencionables son aquellas de escasa cuantía y sencillez constructiva, con un presupuesto máximo de 5.000 euros. Las subvenciones totales no podrán superar los 10.000 euros por entidad, y se integran en el Plan estratégico de subvenciones de la Diputación para el periodo 2024-2027.

BDNS: 902198 | Registro: 2026-04-28

Análisis Económico

Importe Máximo 10.000 euros por entidad, con un límite de 5.000 euros para obras.
% Subvención 100% del gasto total previsto, con un límite de 10.000 euros por entidad y 5.000 euros para obras.
Forma de Pago Se podrán realizar pagos anticipados con garantía del 100% del anticipo solicitado. Los pagos a cuenta se realizarán según el ritmo de ejecución de las acciones subvencionadas.
Gastos Subvencionables
Se consideran subvencionables los gastos de capital que incrementen el patrimonio de la asociación, como la adquisición de inmuebles y obras menores. Se excluyen gastos corrientes, impuestos indirectos recuperables, intereses, adquisición de vehículos, y gastos ya subvencionados por otras administraciones.

Requisitos y Beneficiarios

Beneficiarios: PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Podrán ser beneficiarias las asociaciones vecinales que estén inscritas en el Registro Provincial de Asociaciones de Ourense y que tengan su domicilio social en la provincia. Se consideran asociaciones vecinales aquellas que defienden los derechos e intereses de los vecinos en un ámbito territorial determinado.
✅ Compatibilidad y Concurrencia Las subvenciones son compatibles con otras ayudas de administraciones distintas, siempre que el total no exceda el 100% del gasto subvencionado. También son compatibles con otras subvenciones de la Diputación, siempre que se trate de procedimientos de concurrencia competitiva.

Detalles Técnicos

Obligaciones Clave
Los beneficiarios deben destinar los bienes adquiridos a la finalidad para la que se concedió la subvención durante dos años. Deben justificar la subvención con la presentación de una cuenta justificativa y cumplir con las obligaciones tributarias y de Seguridad Social.
Documentación Requerida
Criterios de Valoración
Las solicitudes se evaluarán según: a) Número total de socios (30 puntos a la asociación con más socios, puntuándose el resto proporcionalmente). b) Importe del presupuesto de inversión (50 puntos a la solicitud con mayor presupuesto, puntuándose el resto proporcionalmente). Se establecerá un límite mínimo de puntuación de 20 puntos para evitar denegaciones por puntuaciones bajas.

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Referencia de la Convocatoria
BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA DEL CONCURSO PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES PARA GASTOS DE INVERSIÓN DE ASOCIACIONES VECINALES DE OURENSE, CORRESPONDIENTES AL EJERCICIO 2026
Resumen: El objeto de estas bases es regular la tramitación y concesión de subvenciones a asociaciones vecinales de Ourense para realizar inversiones en inmuebles y equipamiento, así como pequeñas obras de mejora. Se busca mejorar la calidad de vida local y fomentar la participación vecinal. Las obras subvencionables son aquellas de escasa cuantía y sencillez constructiva, con un presupuesto máximo de 5.000 euros. Las subvenciones totales no podrán superar los 10.000 euros por entidad, y se integran en el Plan estratégico de subvenciones de la Diputación para el periodo 2024-2027.
BDNS: 902198