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BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A PROYECTOS DE ACCIÓN HUMANITARIA PARA EL AÑO 2026.

Cooperación internacional para el desarrollo y cultural

La convocatoria tiene como objetivo la distribución de un fondo de 145.040,00 € para proyectos de Acción Humanitaria, en régimen de concurrencia competitiva, con el fin de contribuir a la reducción de riesgos y vulnerabilidades de poblaciones afectadas por crisis humanitarias. Se busca que los proyectos se alineen con los 17 ODS de la Agenda 2030 y el Plan Municipal de Paz y Solidaridad. Se podrán presentar proyectos que aborden la protección de derechos y la rehabilitación de contextos afectados por crisis, tanto crónicas como emergentes.

BDNS: 902616 | Registro: 2026-04-29

Análisis Económico

Importe Máximo 20.000 € por entidad solicitante.
% Subvención Hasta el 100% del coste total del proyecto, con un límite de 20.000 € por entidad.
Forma de Pago El pago se realizará anticipadamente, sin necesidad de presentar garantías, conforme a la normativa vigente.
Gastos Subvencionables
Se incluyen gastos directos como: adquisición de terrenos, construcción y reformas, equipos, suministros, personal, servicios técnicos, viajes y estancias, gastos de sensibilización (hasta 1.000 €), y gastos financieros. Los gastos indirectos no podrán exceder del 12% de la subvención total.

Requisitos y Beneficiarios

Beneficiarios: PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Podrán solicitar subvención organizaciones o agrupaciones que cumplan con requisitos como: ser entidades sin ánimo de lucro, tener capacidad jurídica en España, estar legalmente constituidas al menos un año antes de la convocatoria, y haber realizado al menos 2 proyectos de acción humanitaria desde enero de 2022. Además, deben estar al corriente en obligaciones tributarias y de Seguridad Social, y tener sede o representación en Córdoba. Se excluyen entidades estatales, autonómicas, locales, empresas privadas y aquellas con convenios que coincidan con el objeto de la convocatoria.
✅ Compatibilidad y Concurrencia Las entidades deben comunicar la obtención de otras subvenciones para el mismo proyecto y reintegrar cualquier exceso recibido. Se permite la cofinanciación siempre que no afecte la finalidad del proyecto.

Detalles Técnicos

Obligaciones Clave
Las entidades deben ejecutar las actividades en los plazos establecidos, comunicar la fecha de inicio, justificar la subvención en un plazo máximo de seis meses tras la finalización del proyecto, y hacer constar la financiación del Ayuntamiento en la difusión de los resultados.
Documentación Requerida
Criterios de Valoración
Los proyectos se valorarán en cuatro bloques: 1) Capacidad institucional (máx. 20 puntos), 2) Calidad del proyecto (máx. 58 puntos), 3) Valoración económica y financiera (máx. 10 puntos), 4) Alineamiento con políticas municipales (máx. 12 puntos). Se requiere una puntuación mínima de 50 puntos para ser considerados.

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Referencia de la Convocatoria
BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A PROYECTOS DE ACCIÓN HUMANITARIA PARA EL AÑO 2026.
Resumen: La convocatoria tiene como objetivo la distribución de un fondo de 145.040,00 € para proyectos de Acción Humanitaria, en régimen de concurrencia competitiva, con el fin de contribuir a la reducción de riesgos y vulnerabilidades de poblaciones afectadas por crisis humanitarias. Se busca que los proyectos se alineen con los 17 ODS de la Agenda 2030 y el Plan Municipal de Paz y Solidaridad. Se podrán presentar proyectos que aborden la protección de derechos y la rehabilitación de contextos afectados por crisis, tanto crónicas como emergentes.
BDNS: 902616