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BASES PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES ORDINARIAS PARA ACTIVIDADES A REALIZAR POR LAS ASOCIACIONES JUVENILES DE ALMUSSAFES, EJERCICIO 2026.

Cultura

Las bases reguladoras establecen las condiciones para la concesión de subvenciones ordinarias destinadas a actividades realizadas por asociaciones juveniles en Almussafes durante el ejercicio 2026. El objetivo principal es fomentar el asociacionismo juvenil y apoyar a las entidades en la realización de actividades que beneficien a los jóvenes del municipio. Las subvenciones se otorgarán en régimen de concurrencia competitiva, con un límite total de 3.000 euros para el ejercicio, y cada asociación podrá recibir entre 225 y 1.800 euros, dependiendo de la valoración de sus actividades y otros criterios establecidos en las bases.

BDNS: 905078 | Registro: 2026-05-12

Análisis Económico

Importe Máximo El límite total de las subvenciones es de 3.000 euros para el ejercicio 2026.
% Subvención Hasta un 100% de la subvención, con un mínimo de 225 euros y un máximo de 1.800 euros por entidad.
Forma de Pago La subvención se pagará en un solo pago tras la justificación de la actividad, aunque se puede solicitar un pago fraccionado de hasta el 50% del total.
Gastos Subvencionables
Se consideran subvencionables: gastos de publicidad, desplazamientos, alquiler de instalaciones, gastos de seguros, nóminas del personal técnico, mantenimiento de la entidad, material de oficina (hasta un 15% de la subvención), gastos de revistas y publicaciones, y material divulgativo que mencione la subvención. No son subvencionables actividades que promuevan discriminación, actividades académicas (excepto formación en juventud), actividades deportivas, y celebraciones gastronómicas.

Requisitos y Beneficiarios

Beneficiarios: PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Podrán ser beneficiarias las asociaciones juveniles que estén inscritas en el Registro de Asociaciones Juveniles de la Comunidad Valenciana o en el Registro Municipal de Asociaciones de Almussafes. También se aceptan entidades con secciones en funcionamiento en Almussafes. No podrán ser beneficiarias aquellas que hayan sido condenadas a perder la posibilidad de obtener subvenciones, estén en concurso o insolvencia, o no estén al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. La acreditación de estos requisitos se realizará mediante declaración responsable y certificaciones pertinentes.
✅ Compatibilidad y Concurrencia Las subvenciones son compatibles con otras ayudas, siempre que el total no supere el coste de la actividad subvencionada. El beneficiario debe comunicar cualquier subvención solicitada o concedida para la misma finalidad.

Detalles Técnicos

Obligaciones Clave
Las entidades beneficiarias deben cumplir con el objetivo de la subvención, justificar el gasto, comunicar la obtención de otras subvenciones, someterse a comprobaciones del Ayuntamiento, y conservar la documentación justificativa durante al menos cinco años. También deben dar publicidad a la financiación pública recibida.
Documentación Requerida
Criterios de Valoración
La valoración se realizará en base a varios criterios: hasta un 62,50% por las actividades a realizar (12,50% por cada actividad hasta un máximo de 5), hasta un 22,50% por el número total de socios, hasta un 8% por conferencias realizadas (2% por cada una hasta un máximo de 4), y un 7% por la publicación de una revista de al menos 10 páginas.

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Referencia de la Convocatoria
BASES PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES ORDINARIAS PARA ACTIVIDADES A REALIZAR POR LAS ASOCIACIONES JUVENILES DE ALMUSSAFES, EJERCICIO 2026.
Resumen: Las bases reguladoras establecen las condiciones para la concesión de subvenciones ordinarias destinadas a actividades realizadas por asociaciones juveniles en Almussafes durante el ejercicio 2026. El objetivo principal es fomentar el asociacionismo juvenil y apoyar a las entidades en la realización de actividades que beneficien a los jóvenes del municipio. Las subvenciones se otorgarán en régimen de concurrencia competitiva, con un límite total de 3.000 euros para el ejercicio, y cada asociación podrá recibir entre 225 y 1.800 euros, dependiendo de la valoración de sus actividades y otros criterios establecidos en las bases.
BDNS: 905078