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AUTONOMICA

AYUDAS UNIDADES DE APOYO A LA ACTIVIDAD PROFESIONAL EN CENTROS ESPECIALES DE EMPLEO

Fomento del Empleo

La convocatoria de subvenciones tiene como objetivo financiar los costes laborales y de la Seguridad Social derivados de la contratación indefinida de personas con discapacidad en unidades de apoyo a la actividad profesional dentro de centros especiales de empleo en las Islas Baleares. Se busca mejorar la inclusión laboral de personas con discapacidad, facilitando su acceso y permanencia en el mercado laboral. Las subvenciones se otorgan en régimen de concurrencia competitiva y están reguladas por diversas normativas, incluyendo el Real Decreto 469/2006 y el Real Decreto 818/2021. Las actividades subvencionables deben iniciarse antes de la presentación de las solicitudes para garantizar la continuidad de los servicios de ajuste personal y social.

BDNS: 896242 | Registro: 2026-03-31

Análisis Económico

Importe Máximo El crédito asignado a la convocatoria es de 900.000 euros, con posibilidad de ampliación si las disponibilidades presupuestarias lo permiten.
% Subvención 1.440 euros anuales por cada trabajador con discapacidad con contrato indefinido o temporal de al menos seis meses.
Forma de Pago Las subvenciones se abonarán mediante anticipos hasta un máximo del 100% en el momento de la concesión. Se requiere la presentación de nóminas y documentos de cotización para justificar el uso de los fondos.
Gastos Subvencionables
Los gastos subvencionables incluyen los costes laborales y de Seguridad Social derivados de la contratación del personal de las unidades de apoyo a la actividad profesional, así como los gastos relacionados con la formación y adaptación de los trabajadores con discapacidad.

Requisitos y Beneficiarios

Beneficiarios: PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Los beneficiarios son los titulares de centros especiales de empleo que deben estar inscritos en el registro correspondiente y contar con un porcentaje mínimo de trabajadores con discapacidad (70% de la plantilla). Se requiere que los trabajadores tengan un grado de discapacidad específico (33% o más para ciertos tipos y 65% o más para otros). Además, deben estar al corriente de sus obligaciones tributarias y de la Seguridad Social. No pueden ser beneficiarios aquellos que hayan sido sancionados por prácticas discriminatorias o que no cumplan con la normativa de igualdad.
✅ Compatibilidad y Concurrencia Las subvenciones son compatibles con otras ayudas, siempre que el total no supere el coste total de la actividad subvencionada. Se aplican las normativas de ayudas de Estado y se excluyen del régimen de minimis.

Detalles Técnicos

Obligaciones Clave
Los beneficiarios deben comunicar la obtención de otras ayudas, mantener la proporcionalidad en la composición de las unidades de apoyo, presentar una memoria anual de actividades y cumplir con las obligaciones tributarias y de Seguridad Social.
Documentación Requerida
Criterios de Valoración
Los criterios de valoración incluyen: a) Porcentaje de trabajadores con contrato indefinido respecto al total de trabajadores con discapacidad; b) Porcentaje de trabajadores con discapacidad de tipos y grados específicos; c) Porcentaje de mujeres con discapacidad; d) Número de trabajadores con discapacidad contratados en el mercado ordinario en los últimos dos años. Cada criterio se puntúa de 0 a 3, y en caso de empate, se prioriza el mejor resultado en el primer criterio.

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Referencia de la Convocatoria
AYUDAS UNIDADES DE APOYO A LA ACTIVIDAD PROFESIONAL EN CENTROS ESPECIALES DE EMPLEO
Resumen: La convocatoria de subvenciones tiene como objetivo financiar los costes laborales y de la Seguridad Social derivados de la contratación indefinida de personas con discapacidad en unidades de apoyo a la actividad profesional dentro de centros especiales de empleo en las Islas Baleares. Se busca mejorar la inclusión laboral de personas con discapacidad, facilitando su acceso y permanencia en el mercado laboral. Las subvenciones se otorgan en régimen de concurrencia competitiva y están reguladas por diversas normativas, incluyendo el Real Decreto 469/2006 y el Real Decreto 818/2021. Las actividades subvencionables deben iniciarse antes de la presentación de las solicitudes para garantizar la continuidad de los servicios de ajuste personal y social.
BDNS: 896242