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LOCAL

Ascensores 2026.- Acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 8 de junio de 2026 del Ayuntamiento de Santander por el que se convocan ayudas para la realización de obras de primera instalación de ascensores en edificios residencial preexistentes.

Acceso a la vivienda y fomento de la edificación

La convocatoria tiene como objetivo la concesión de ayudas económicas para la realización de obras de primera instalación de ascensores en edificios residenciales preexistentes en el municipio de Santander. Estas ayudas están destinadas a fomentar la instalación de ascensores en edificaciones que carecen de este equipamiento, cumpliendo con normativas legales que han sido aprobadas después de la construcción del edificio. La dotación económica para estas ayudas es de 700.000 € para el año 2026, y se espera que las obras se realicen en un plazo de 18 meses desde la concesión de la ayuda, con posibilidad de prórroga por causas justificadas. Las solicitudes se podrán presentar durante un plazo de 2 meses a partir de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de Cantabria.

BDNS: 911581 | Registro: 2026-06-09

Análisis Económico

Importe Máximo Hasta 2.500 €/planta para ascensores interiores, 3.000 €/planta para ascensores exteriores, y 4.000 €/planta para ascensores especiales.
% Subvención 20% del presupuesto de contrata de las obras, excluido IVA.
Forma de Pago El pago se realizará tras la justificación de la subvención, que debe incluir la presentación de facturas y un certificado final de obra. No se realizarán pagos anticipados antes de la justificación.
Gastos Subvencionables
Los gastos subvencionables incluyen los costos de ejecución de las obras de instalación de ascensores, siempre que no se den circunstancias de exclusión como: acondicionamientos que afecten a más del 50% de las unidades funcionales, obras en inmuebles desocupados, restitución de ascensores previos, entre otros. El presupuesto de contrata debe ser superior a 6.000 €.

Requisitos y Beneficiarios

Beneficiarios: PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Los beneficiarios de estas ayudas son las Comunidades de Propietarios y agrupaciones de propietarios y usuarios de viviendas, que pueden actuar bajo cualquier forma asociativa, con o sin personalidad jurídica. Es necesario que estas entidades tengan la potestad para actuar en todos los espacios necesarios para la instalación del ascensor, lo cual debe ser justificado mediante el acta de la reunión donde se adopten los acuerdos pertinentes. Además, se requiere que la instalación sea la primera en el edificio y que el presupuesto de las obras supere los 6.000 €.
✅ Compatibilidad y Concurrencia Las ayudas son compatibles con otras subvenciones o ayudas de Administraciones, entidades u organismos públicos, siempre que la suma total no supere el coste total de la actuación subvencionada.

Detalles Técnicos

Obligaciones Clave
Los beneficiarios deben ejecutar las obras conforme a la licencia de obras, justificar el cumplimiento de requisitos y condiciones, someterse a comprobaciones del Ayuntamiento, y adoptar medidas de difusión de la ayuda. También deben reintegrar los fondos en caso de incumplimiento de las condiciones establecidas.
Documentación Requerida
Criterios de Valoración
La concesión de las ayudas se realizará en régimen de concurrencia competitiva, priorizando la fecha y hora de presentación de las solicitudes. Las solicitudes se informarán por los Servicios Municipales de Urbanismo, y se seguirán los criterios establecidos en la Ordenanza General de Subvenciones y Ayudas del Ayuntamiento de Santander.

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Referencia de la Convocatoria
Ascensores 2026.- Acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 8 de junio de 2026 del Ayuntamiento de Santander por el que se convocan ayudas para la realización de obras de primera instalación de ascensores en edificios residencial preexistentes.
Resumen: La convocatoria tiene como objetivo la concesión de ayudas económicas para la realización de obras de primera instalación de ascensores en edificios residenciales preexistentes en el municipio de Santander. Estas ayudas están destinadas a fomentar la instalación de ascensores en edificaciones que carecen de este equipamiento, cumpliendo con normativas legales que han sido aprobadas después de la construcción del edificio. La dotación económica para estas ayudas es de 700.000 € para el año 2026, y se espera que las obras se realicen en un plazo de 18 meses desde la concesión de la ayuda, con posibilidad de prórroga por causas justificadas. Las solicitudes se podrán presentar durante un plazo de 2 meses a partir de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de Cantabria.
BDNS: 911581