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ACUERDO JGL/19/2026, DE 12-05-2026: APROBACIÓN de CONCESIÓN DE SUBVENCIÓN DIRECTA EXCEPCIONAL CON CONVENIO REGULADOR CON LA ASSOCIACIÓ AMICART VALLDOREIX PARA LA DOTACIÓN DEL SEGUNDO PREMIO DE LA BIENNAL DE ESCULTURA VALLDOREIX DE LOS SUEÑOS-exp.2977/2026

Cultura

El objeto del convenio es regular la colaboración entre el Ayuntamiento de Sant Cugat del Vallès y la Asociación Amicart Valldoreix para el fomento de la Bienal de Escultura ‘Valldoreix de los sueños’. Se establece una subvención de concesión directa, de carácter excepcional, destinada a financiar parcialmente el segundo premio de las ediciones de 2026 y 2028 de la Bienal. Esta colaboración busca consolidar un proyecto cultural con trayectoria en el territorio, vinculado a las artes visuales y la escultura en el espacio público.

BDNS: 907298 | Registro: 2026-05-21

Análisis Económico

Importe Máximo 10.000 € por cada edición (2026 y 2028).
% Subvención 100% del importe del segundo premio de la Bienal.
Forma de Pago El Ayuntamiento pagará la totalidad de la subvención correspondiente a la edición de 2026 antes del acto de entrega de premios, de forma anticipada a la justificación de los gastos.
Gastos Subvencionables
Los gastos subvencionables incluyen la dotación económica del segundo premio, así como los gastos relacionados con la organización de la Bienal, aunque no se especifican otros tipos de gastos en los documentos analizados.

Requisitos y Beneficiarios

Beneficiarios: PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Los beneficiarios son la Asociación Amicart Valldoreix, una entidad sin ánimo de lucro, que debe estar inscrita en el Registro de Entidades de la Generalitat de Cataluña y al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. La asociación debe demostrar su capacidad para organizar la Bienal y no estar incursa en prohibiciones para obtener la subvención según la Ley General de Subvenciones.
✅ Compatibilidad y Concurrencia La subvención es de carácter excepcional y se concede de forma directa, por lo que no se especifica su compatibilidad con otras ayudas. Sin embargo, se establece que la subvención no debe interferir con otras ayudas que la Asociación pueda recibir.

Detalles Técnicos

Obligaciones Clave
La Asociación debe organizar y desarrollar las ediciones de la Bienal, justificar el gasto subvencionado, incluir el logotipo del Ayuntamiento en la difusión del evento y facilitar la invitación a representantes del Ayuntamiento a los actos de inauguración y entrega de premios.
Documentación Requerida
Criterios de Valoración
La subvención se concede de forma directa y excepcional, justificándose por la inexistencia de otras entidades que organicen un proyecto similar y por la naturaleza específica de la actividad. No se aplican criterios de puntuación, ya que no hay un régimen de concurrencia competitiva.

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Referencia de la Convocatoria
ACUERDO JGL/19/2026, DE 12-05-2026: APROBACIÓN de CONCESIÓN DE SUBVENCIÓN DIRECTA EXCEPCIONAL CON CONVENIO REGULADOR CON LA ASSOCIACIÓ AMICART VALLDOREIX PARA LA DOTACIÓN DEL SEGUNDO PREMIO DE LA BIENNAL DE ESCULTURA VALLDOREIX DE LOS SUEÑOS-exp.2977/2026
Resumen: El objeto del convenio es regular la colaboración entre el Ayuntamiento de Sant Cugat del Vallès y la Asociación Amicart Valldoreix para el fomento de la Bienal de Escultura ‘Valldoreix de los sueños’. Se establece una subvención de concesión directa, de carácter excepcional, destinada a financiar parcialmente el segundo premio de las ediciones de 2026 y 2028 de la Bienal. Esta colaboración busca consolidar un proyecto cultural con trayectoria en el territorio, vinculado a las artes visuales y la escultura en el espacio público.
BDNS: 907298