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LOCAL

Acuerdo del día 01 de junio de 2026 del la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Ibiza que aprueba la convocatoria de subvenciones para proyectos de intervención social y socio – sanitaria dirigidos a colectivos en situación de vulnerabilidad social

Servicios Sociales y Promoción Social

La convocatoria de subvenciones del Ayuntamiento de Eivissa tiene como objetivo regular la concesión de ayudas económicas para proyectos de intervención social y socio-sanitaria dirigidos a colectivos en situación de vulnerabilidad social. Se busca promover la mejora de la calidad de vida, la integración y el intercambio social. La convocatoria se realiza en régimen de concurrencia competitiva, lo que implica que las solicitudes serán evaluadas y comparadas para determinar cuáles recibirán financiación, basándose en criterios de valoración específicos. El total del crédito disponible para el año 2026 es de 75.000 euros, con un límite de 6.000 euros por subvención y un porcentaje máximo del 100% del gasto subvencionable.

BDNS: 911341 | Registro: 2026-06-08

Análisis Económico

Importe Máximo 6.000 euros por solicitud.
% Subvención 100% del gasto subvencionable, con un límite de 6.000 euros por proyecto.
Forma de Pago El pago se realizará en un plazo máximo de 30 días tras la aprobación de la justificación, mediante transferencia bancaria. Es obligatorio estar registrado como acreedor del Ayuntamiento de Eivissa.
Gastos Subvencionables
Se consideran subvencionables los gastos directos (mínimo 70% del coste total) y gastos indirectos (máximo 30%). No son subvencionables: adquisición de bienes inventariables, financiación e intereses, tributos e impuestos, y otros gastos no relacionados directamente con el objeto de la subvención.

Requisitos y Beneficiarios

Beneficiarios: PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Podrán ser beneficiarias de las subvenciones las personas jurídicas, públicas o privadas y sin ánimo de lucro, que estén legalmente constituidas e inscritas en el registro correspondiente. Se aceptan asociaciones cuya sede social esté fuera del municipio de Eivissa, siempre que las actividades se realicen dentro del municipio o beneficien a residentes. Las entidades deben estar al corriente de sus obligaciones tributarias y de la Seguridad Social, y no deben tener subvenciones pendientes de justificar.
✅ Compatibilidad y Concurrencia Las subvenciones son compatibles con otras ayudas, siempre que no se supere el coste total de la actividad subvencionada.

Detalles Técnicos

Obligaciones Clave
Los beneficiarios deben cumplir con las obligaciones de justificación de fondos, someterse a comprobaciones, y comunicar la obtención de otras subvenciones para la misma finalidad. También deben realizar publicidad de la subvención recibida.
Documentación Requerida
Criterios de Valoración
Las solicitudes se valorarán según los siguientes criterios: 1) Capacidad de los actores (25 puntos), 2) Población beneficiaria (30 puntos), 3) Calidad técnica del proyecto (10 puntos), 4) Ejecución del proyecto (25 puntos), 5) Creación de red social y sensibilización (10 puntos). Se requiere un mínimo de 25 puntos para ser consideradas.

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Referencia de la Convocatoria
Acuerdo del día 01 de junio de 2026 del la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Ibiza que aprueba la convocatoria de subvenciones para proyectos de intervención social y socio – sanitaria dirigidos a colectivos en situación de vulnerabilidad social
Resumen: La convocatoria de subvenciones del Ayuntamiento de Eivissa tiene como objetivo regular la concesión de ayudas económicas para proyectos de intervención social y socio-sanitaria dirigidos a colectivos en situación de vulnerabilidad social. Se busca promover la mejora de la calidad de vida, la integración y el intercambio social. La convocatoria se realiza en régimen de concurrencia competitiva, lo que implica que las solicitudes serán evaluadas y comparadas para determinar cuáles recibirán financiación, basándose en criterios de valoración específicos. El total del crédito disponible para el año 2026 es de 75.000 euros, con un límite de 6.000 euros por subvención y un porcentaje máximo del 100% del gasto subvencionable.
BDNS: 911341