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LOCAL

Acuerdo de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Ferrol de fecha 18/05/2026 por el que se convocan las subvenciones a entidades vecinales del año 2026 para actividades de interés general y gastos ordinarios de funcionamiento

Otras actuaciones de carácter económico

El objeto de la subvención es la concesión de ayudas a entidades vecinales del Concello de Ferrol para el año 2026, con el fin de fomentar la participación ciudadana y la dinamización social en los barrios y parroquias. Se establecen dos líneas de actuación: la primera para actividades y programas de interés general que favorezcan la dinamización vecinal, y la segunda para cubrir gastos ordinarios de funcionamiento de las entidades. Los objetivos incluyen apoyar el desarrollo de actividades complementarias a las ofrecidas por la administración local y garantizar la continuidad de las entidades vecinales.

BDNS: 909443 | Registro: 2026-06-01

Análisis Económico

Importe Máximo El importe máximo de la subvención por entidad es de 12.000 € para la línea 1 y variable para la línea 2, dependiendo de los gastos justificados.
% Subvención Hasta un 80% del coste total, con un cofinanciamiento mínimo del 20% por parte de la entidad solicitante. Para gastos de energía eléctrica y alquiler, se aplican excepciones.
Forma de Pago Se realizará un pago anticipado del 60% del importe concedido, y el 40% restante tras la justificación total de la subvención.
Gastos Subvencionables
Se consideran gastos subvencionables: gastos de personal, publicidad, transporte, materiales específicos, asistencias técnicas, alquiler de locales, y gastos ordinarios de funcionamiento como suministros, gestión, comunicación y mantenimiento. No se admiten gastos de naturaleza inventariable, cotas de afiliación, ni gastos de hostelería, entre otros.

Requisitos y Beneficiarios

Beneficiarios: PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Podrán beneficiarse de estas subvenciones todas las asociaciones vecinales, federaciones y agrupaciones que tengan sede en el término municipal de Ferrol. Los requisitos incluyen estar inscritas en el Registro Municipal de Entidades Cidadanas, tener objetivos de interés vecinal, estar al corriente de obligaciones tributarias y de la Seguridad Social, y no estar incursas en prohibiciones para obtener subvenciones. Además, deben justificar subvenciones anteriores, salvo excepciones.
✅ Compatibilidad y Concurrencia Las subvenciones son compatibles con otras ayudas, siempre que el total no supere el coste de la actividad subvencionada. Las entidades deben informar al Concello sobre la obtención de otras ayudas para la misma finalidad.

Detalles Técnicos

Obligaciones Clave
Las entidades beneficiarias deben justificar el uso de los fondos, conservar documentos justificativos por cuatro años, informar sobre la colaboración del Concello en la difusión de actividades, y cumplir con la normativa de igualdad y no discriminación. También deben reintegrar fondos en caso de incumplimiento.
Documentación Requerida
Criterios de Valoración
Los criterios de valoración incluyen: número de socios (máx. 5 puntos), población de la área de influencia (máx. 20 puntos), representación equilibrada de género en la junta directiva (máx. 5 puntos), colaboración con otras entidades (máx. 5 puntos), número de beneficiarios directos (máx. 10 puntos), contenido de las actividades (máx. 10 puntos), experiencia en gestión (máx. 10 puntos), localización geográfica (máx. 15 puntos) y nivel de cofinanciamiento (máx. 20 puntos). La puntuación total máxima es de 100 puntos para la línea 1 y 75 para la línea 2.

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Referencia de la Convocatoria
Acuerdo de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Ferrol de fecha 18/05/2026 por el que se convocan las subvenciones a entidades vecinales del año 2026 para actividades de interés general y gastos ordinarios de funcionamiento
Resumen: El objeto de la subvención es la concesión de ayudas a entidades vecinales del Concello de Ferrol para el año 2026, con el fin de fomentar la participación ciudadana y la dinamización social en los barrios y parroquias. Se establecen dos líneas de actuación: la primera para actividades y programas de interés general que favorezcan la dinamización vecinal, y la segunda para cubrir gastos ordinarios de funcionamiento de las entidades. Los objetivos incluyen apoyar el desarrollo de actividades complementarias a las ofrecidas por la administración local y garantizar la continuidad de las entidades vecinales.
BDNS: 909443