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AUTONOMICA

Acuerdo de 30 de diciembre de 2025 de Junta de Castilla y León por la que se autoriza concesión subvención directa CEOE

Otras actuaciones de carácter económico

La subvención tiene como objetivo financiar los gastos derivados de la participación institucional de la Confederación de Organizaciones Empresariales de Castilla y León (CEOE CYL) dentro del Diálogo Social. Esta financiación se justifica por la necesidad de cumplir con las obligaciones legales establecidas en la Ley 8/2008, que prevé la financiación de organizaciones sindicales y empresariales para fomentar la participación institucional. La subvención se concede de forma directa debido a la falta de consignación presupuestaria para una subvención nominativa, y se articula para cubrir gastos relacionados con la representación de derechos económicos y sociales, así como acciones de promoción sociolaboral y formación.

BDNS: 882768 | Registro: 2026-01-21

Análisis Económico

Importe Máximo 494.491,00 € para la subvención directa solicitada.
% Subvención 100% de los gastos subvencionables, con un límite del 40% para inversiones nuevas y de reposición.
Forma de Pago El pago se realizará mediante transferencia bancaria tras la justificación de la subvención, que debe presentarse hasta el 16 de enero de 2026.
Gastos Subvencionables
1. Gastos de personal (salarios, cotizaciones, dietas). 2. Gastos corrientes (arrendamientos, suministros, seguros, trabajos realizados por terceros). 3. Gastos financieros y de asesoría. 4. Inversiones nuevas y de reposición (hasta el 40% del total de la subvención). 5. Tributos abonados efectivamente, excluyendo impuestos indirectos recuperables.

Requisitos y Beneficiarios

Beneficiarios: PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El beneficiario principal de la subvención es la Confederación de Organizaciones Empresariales de Castilla y León (CEOE CYL). Además, los miembros asociados que realicen actividades en nombre de la CEOE CYL también pueden ser considerados beneficiarios. Es necesario que los beneficiarios estén al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social. La aceptación de la subvención debe realizarse en un plazo de 30 días desde la notificación de la concesión.
✅ Compatibilidad y Concurrencia La subvención es compatible con otras ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, siempre que el total no supere el coste de la actividad subvencionada.

Detalles Técnicos

Obligaciones Clave
1. Aceptar la subvención en 30 días. 2. Justificar la subvención con la documentación requerida. 3. Destinar los bienes adquiridos a su fin específico durante un plazo mínimo. 4. Cumplir con las condiciones impuestas en la concesión.
Documentación Requerida
Criterios de Valoración
No se especifican criterios de valoración en el documento, ya que se trata de una concesión directa basada en la obligación legal de financiación.

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Referencia de la Convocatoria
Acuerdo de 30 de diciembre de 2025 de Junta de Castilla y León por la que se autoriza concesión subvención directa CEOE
Resumen: La subvención tiene como objetivo financiar los gastos derivados de la participación institucional de la Confederación de Organizaciones Empresariales de Castilla y León (CEOE CYL) dentro del Diálogo Social. Esta financiación se justifica por la necesidad de cumplir con las obligaciones legales establecidas en la Ley 8/2008, que prevé la financiación de organizaciones sindicales y empresariales para fomentar la participación institucional. La subvención se concede de forma directa debido a la falta de consignación presupuestaria para una subvención nominativa, y se articula para cubrir gastos relacionados con la representación de derechos económicos y sociales, así como acciones de promoción sociolaboral y formación.
BDNS: 882768