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LOCAL

Acuerdo de 27/03/2026 del C.R. del ILC, por el que se convocan subvenciones para Equipamiento de Espacios Culturales 2026

Cultura

La subvención tiene como objetivo financiar los gastos de capital para la adquisición de equipamiento de naturaleza inventariable destinado a espacios culturales, cuya propiedad corresponda a entidades locales en la provincia de León. Se busca promover el uso de estos espacios por parte de la comunidad, excluyendo aquellos que operen como bares o restaurantes. La convocatoria está dirigida a ayuntamientos y juntas vecinales de municipios con menos de 20,000 habitantes, y se establece un límite total de 200,000 € para la subvención, con un máximo de 5,000 € por entidad. La financiación cubrirá hasta el 80% de la inversión total realizada, y los beneficiarios deberán justificar la totalidad del presupuesto presentado para acceder a la subvención.

BDNS: 898269 | Registro: 2026-04-13

Análisis Económico

Importe Máximo El importe máximo por entidad local es de 5,000 €.
% Subvención La subvención cubrirá hasta el 80% de la inversión total realizada.
Forma de Pago El pago se realizará una vez justificada la realización del gasto y acreditados los requisitos establecidos. No se contempla un anticipo.
Gastos Subvencionables
Los gastos subvencionables incluyen: 1. Inversiones en nuevas tecnologías; 2. Inversiones en artes escénicas; 3. Inversiones en iluminación y sonido; 4. Equipamiento audiovisual; 5. Mobiliario para archivos y bibliotecas; 6. Equipamiento general de locales culturales; 7. Gastos de envío (máximo 250 € y 5% del total de gastos subvencionables). No son subvencionables: 1. Adquisición o construcción de nuevos locales; 2. Reformas o adaptaciones de edificios; 3. Material consumible no inventariable; 4. Gastos de tributos, excepto IVA no recuperable; 5. Electrodomésticos.

Requisitos y Beneficiarios

Beneficiarios: PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Los beneficiarios son todos los ayuntamientos y juntas vecinales que sean titulares o cesionarios de bienes inmuebles susceptibles de acogerse a esta convocatoria, ubicados en municipios menores de 20,000 habitantes. Deben cumplir con los requisitos establecidos en la Base 3.ª de las BGS y no estar incursos en ninguna de las exclusiones del artículo 13 de la Ley General de Subvenciones. Además, deben tener un compromiso de cesión del bien por un plazo superior a 20 años y estar al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
✅ Compatibilidad y Concurrencia La subvención es compatible con otras ayudas, siempre que el importe total de las subvenciones no supere el coste real de la actividad subvencionada.

Detalles Técnicos

Obligaciones Clave
Las obligaciones importantes incluyen: 1. Justificación de la totalidad del presupuesto presentado; 2. Cumplimiento de las medidas de difusión de la subvención; 3. Comunicación de cualquier modificación de las circunstancias que afecten la subvención; 4. Custodia de documentos justificativos y cumplimiento de obligaciones tributarias.
Documentación Requerida
Criterios de Valoración
Los criterios de valoración son los siguientes: 1. Número de habitantes de la entidad local solicitante (hasta 10 puntos); 2. Tipología de la instalación cultural (hasta 5 puntos); 3. Accesibilidad del inmueble (5 puntos). La puntuación total determinará el importe de la subvención a conceder, que no podrá superar los límites establecidos.

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Referencia de la Convocatoria
Acuerdo de 27/03/2026 del C.R. del ILC, por el que se convocan subvenciones para Equipamiento de Espacios Culturales 2026
Resumen: La subvención tiene como objetivo financiar los gastos de capital para la adquisición de equipamiento de naturaleza inventariable destinado a espacios culturales, cuya propiedad corresponda a entidades locales en la provincia de León. Se busca promover el uso de estos espacios por parte de la comunidad, excluyendo aquellos que operen como bares o restaurantes. La convocatoria está dirigida a ayuntamientos y juntas vecinales de municipios con menos de 20,000 habitantes, y se establece un límite total de 200,000 € para la subvención, con un máximo de 5,000 € por entidad. La financiación cubrirá hasta el 80% de la inversión total realizada, y los beneficiarios deberán justificar la totalidad del presupuesto presentado para acceder a la subvención.
BDNS: 898269