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AUTONOMICA

Subvención excluida de concurrencia pública en el ámbito del fomento de la cultura catalana – Fundació Sónar

Cultura

La subvención tiene como objeto la concesión de una ayuda económica de 250.000 euros a la Fundación Sónar para la organización del evento Sónar+D 2026. Esta subvención es excluida de concurrencia pública, lo que significa que no se ha promovido un proceso competitivo para su otorgamiento. La actividad debe realizarse conforme al proyecto y presupuesto presentados en la solicitud. El acuerdo se basa en la normativa de finanzas públicas de Cataluña y la ley general de subvenciones, asegurando que hay crédito adecuado en el presupuesto de la Oficina de Suport a la Iniciativa Cultural (OSIC).

BDNS: 909825 | Registro: 2026-06-02

Análisis Económico

Importe Máximo El importe máximo de la subvención es de 250.000 euros.
% Subvención 80% del importe total se paga en el momento de la concesión y el 20% restante se paga en diciembre de 2026. No se exige garantía para el adelanto.
Forma de Pago El pago se realiza en dos partes: el 80% al momento de la concesión y el 20% en diciembre de 2026. La OSIC verifica que el beneficiario esté al corriente de sus obligaciones antes de cada pago.
Gastos Subvencionables
Los gastos subvencionables incluyen los gastos directos relacionados con la organización del evento, así como hasta un máximo de 4.000 euros por los servicios de auditoría. Se permite un porcentaje máximo del 10% para gastos indirectos o generales.

Requisitos y Beneficiarios

Beneficiarios: PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El único beneficiario de esta subvención es la Fundación Sónar, que debe estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. La firma de la solicitud implica la autorización para que la OSIC realice las comprobaciones pertinentes. No se especifican otros requisitos adicionales para los beneficiarios.
✅ Compatibilidad y Concurrencia No se menciona explícitamente la compatibilidad con otras ayudas, pero se requiere que se indique la procedencia de otros ingresos o subvenciones que financien la actividad subvencionada.

Detalles Técnicos

Obligaciones Clave
Las obligaciones incluyen justificar la correcta aplicación de la subvención antes del 28 de febrero de 2027, comunicar cualquier modificación sustancial del proyecto, y cumplir con la normativa de transparencia y acceso a la información pública. El incumplimiento puede llevar a la revocación total o parcial de la subvención.
Documentación Requerida
Criterios de Valoración
No se especifican criterios de valoración en el documento, dado que la subvención es excluida de concurrencia pública.

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Referencia de la Convocatoria
Subvención excluida de concurrencia pública en el ámbito del fomento de la cultura catalana – Fundació Sónar
Resumen: La subvención tiene como objeto la concesión de una ayuda económica de 250.000 euros a la Fundación Sónar para la organización del evento Sónar+D 2026. Esta subvención es excluida de concurrencia pública, lo que significa que no se ha promovido un proceso competitivo para su otorgamiento. La actividad debe realizarse conforme al proyecto y presupuesto presentados en la solicitud. El acuerdo se basa en la normativa de finanzas públicas de Cataluña y la ley general de subvenciones, asegurando que hay crédito adecuado en el presupuesto de la Oficina de Suport a la Iniciativa Cultural (OSIC).
BDNS: 909825