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CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A ENTIDADES DEPORTIVAS PARA EL FOMENTO Y LA PROMOCIÓN DEL DEPORTE DE HÍPICA. ANUALIDAD 2026 (LINEA 16).

Cultura

La presente convocatoria tiene como objetivo regular el procedimiento de concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para el fomento y promoción del deporte de hípica en La Vila Joiosa. Se busca facilitar el acceso a la práctica de la hípica, incentivar su inclusión en programas educativos y fomentar estilos de vida saludables. Las ayudas están dirigidas a entidades deportivas y educativas sin ánimo de lucro que promuevan la hípica, con un importe máximo de 1.000,00 € por entidad. La convocatoria se basa en diversas normativas, incluyendo la Ley General de Subvenciones y la legislación autonómica sobre deporte.

BDNS: 909961 | Registro: 2026-06-02

Análisis Económico

Importe Máximo 1.000,00 € por entidad.
% Subvención 100% de los gastos subvencionables, con un límite de 1.000,00 € por entidad.
Forma de Pago El pago se realizará en dos partes: 50% tras la concesión y el 50% restante tras la justificación de la actividad. No se pagará si la entidad no está al corriente de sus obligaciones tributarias.
Gastos Subvencionables
Se consideran gastos subvencionables: mantenimiento de páginas web, gastos de telefonía e internet, material de oficina, nóminas del personal, gastos de organización de eventos deportivos, seguros, servicios médicos, gastos de gestión administrativa, desplazamientos relacionados con competiciones, y adquisición de equipamiento deportivo hasta un máximo de 600,00 € por unidad.

Requisitos y Beneficiarios

Beneficiarios: PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Podrán solicitar la subvención las entidades que cumplan los siguientes requisitos: tener domicilio fiscal en La Vila Joiosa, estar inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones y en el Registro de Clubs de la Comunidad Valenciana, ser entidades sin ánimo de lucro, y que la actividad subvencionada esté dentro de su objeto social. Además, deben participar en competiciones deportivas federadas y tener fichas federativas. Se excluyen entidades que no hayan reintegrado subvenciones anteriores o que hayan sido sancionadas por faltas graves en el ámbito deportivo.
✅ Compatibilidad y Concurrencia La subvención es compatible con otras ayudas, siempre que la suma total no supere el coste de la actividad subvencionada. Las entidades deben informar al órgano concedente sobre la obtención de otras ayudas.

Detalles Técnicos

Obligaciones Clave
Las entidades beneficiarias deben colaborar con la administración en el control de la subvención, utilizar el logotipo del Ayuntamiento en sus actividades, justificar el uso de la subvención, y comunicar cualquier otra ayuda recibida para la misma actividad. También deben cumplir con las normativas de uso de instalaciones municipales.
Documentación Requerida
Criterios de Valoración
La valoración se realizará en función de los méritos de las solicitudes presentadas, considerando aspectos como la relevancia de la actividad, el número de participantes, y el impacto social de la hípica en la comunidad. Se establecerán baremos específicos que se detallarán en la convocatoria.

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Referencia de la Convocatoria
CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A ENTIDADES DEPORTIVAS PARA EL FOMENTO Y LA PROMOCIÓN DEL DEPORTE DE HÍPICA. ANUALIDAD 2026 (LINEA 16).
Resumen: La presente convocatoria tiene como objetivo regular el procedimiento de concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para el fomento y promoción del deporte de hípica en La Vila Joiosa. Se busca facilitar el acceso a la práctica de la hípica, incentivar su inclusión en programas educativos y fomentar estilos de vida saludables. Las ayudas están dirigidas a entidades deportivas y educativas sin ánimo de lucro que promuevan la hípica, con un importe máximo de 1.000,00 € por entidad. La convocatoria se basa en diversas normativas, incluyendo la Ley General de Subvenciones y la legislación autonómica sobre deporte.
BDNS: 909961