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AUTONOMICA

Acuerdo de 21 de mayo de 2026, de la Junta de Castilla y León por el que se autoriza la concesión de una subvención a la Fundación Díaz-Caneja

Cultura

La subvención tiene como objetivo financiar parte de los gastos de funcionamiento de la Fundación Díaz-Caneja durante el año 2026, específicamente desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre. Esta financiación está destinada a asegurar el correcto funcionamiento de la Fundación, que se dedica a la conservación, exhibición, divulgación y documentación de la obra del artista Juan Manuel Díaz-Caneja Betegón, así como a la promoción cultural en general. Las actividades de la Fundación incluyen cursos, jornadas, conferencias, exposiciones y otras iniciativas culturales que requieren recursos para su operación.

BDNS: 910230 | Registro: 2026-06-03

Análisis Económico

Importe Máximo 65,000.00 € en total, con un 50% (32,500.00 €) financiado en 2024 y el 50% restante (32,500.00 €) en 2027.
% Subvención 100% de los gastos de funcionamiento, incluyendo gastos de personal no ligados a proyectos concretos.
Forma de Pago Se podrá conceder un pago anticipado de la anualidad de 2026 sin necesidad de garantía, previa solicitud de la entidad beneficiaria.
Gastos Subvencionables
Los gastos subvencionables incluyen: gastos de personal, limpieza, suministros, material de oficina, energía eléctrica, calefacción, reparaciones, mantenimiento de aparatos, gastos de transporte, primas de seguros, y otros gastos necesarios para el correcto funcionamiento de la Fundación.

Requisitos y Beneficiarios

Beneficiarios: PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Los beneficiarios de esta subvención son entidades sin ánimo de lucro, específicamente la Fundación Díaz-Caneja. Para ser beneficiaria, la Fundación debe estar al corriente en sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social. Además, debe cumplir con la normativa sobre integración laboral de personas con discapacidad, si aplica. No se especifican requisitos adicionales como planes aprobados, pero se entiende que la Fundación debe demostrar su capacidad para llevar a cabo las actividades propuestas.
✅ Compatibilidad y Concurrencia No se menciona explícitamente la compatibilidad con otras ayudas, pero se establece que se pueden destinar fondos propios o subvenciones adicionales a las actividades subvencionadas, siempre que se declare su procedencia.

Detalles Técnicos

Obligaciones Clave
La Fundación debe aceptar la subvención en un plazo máximo de 30 días tras la notificación. Además, debe incluir la colaboración de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte en cualquier promoción o difusión pública de las actividades realizadas con la subvención.
Documentación Requerida
Criterios de Valoración
No se especifican criterios de valoración en el documento, ya que la subvención se concede de forma directa debido a la singularidad de las actividades de la Fundación y el interés público que representan.

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Referencia de la Convocatoria
Acuerdo de 21 de mayo de 2026, de la Junta de Castilla y León por el que se autoriza la concesión de una subvención a la Fundación Díaz-Caneja
Resumen: La subvención tiene como objetivo financiar parte de los gastos de funcionamiento de la Fundación Díaz-Caneja durante el año 2026, específicamente desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre. Esta financiación está destinada a asegurar el correcto funcionamiento de la Fundación, que se dedica a la conservación, exhibición, divulgación y documentación de la obra del artista Juan Manuel Díaz-Caneja Betegón, así como a la promoción cultural en general. Las actividades de la Fundación incluyen cursos, jornadas, conferencias, exposiciones y otras iniciativas culturales que requieren recursos para su operación.
BDNS: 910230