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LOCAL

Subvención al Ayuntamiento de La Fueva para Rehabilitación antiguo Ayuntamiento en Muro de Roda.

Infraestructuras

El Decreto Nº 1950 de 29 de mayo de 2026 concede una subvención nominativa al Ayuntamiento de La Fueva para la rehabilitación del antiguo Ayuntamiento en Muro, con un importe total de 50.000,00 €. La subvención se enmarca dentro de la normativa vigente de subvenciones y se destina a cubrir el 100% del coste de la actividad, que se debe justificar adecuadamente. La ejecución de la obra debe cumplir con las normativas de patrimonio cultural, dado que afecta a un Bien catalogado de Interés Cultural.

BDNS: 910588 | Registro: 2026-06-04

Análisis Económico

Importe Máximo 50.000,00 € para la rehabilitación del antiguo Ayuntamiento.
% Subvención 100% del coste de la actividad subvencionada.
Forma de Pago El pago se realizará previa justificación de los gastos. La justificación debe presentarse en dos plazos: hasta el 20 de noviembre de 2026 y hasta el 1 de marzo de 2027 para el pago efectivo.
Gastos Subvencionables
Los gastos subvencionables incluyen todos los costes relacionados con la rehabilitación del antiguo Ayuntamiento, siempre que se justifiquen adecuadamente. Se especifica que si el coste total es inferior a 48.000,00 €, se abonará el importe justificado, y si es superior, el exceso será cubierto por el Ayuntamiento.

Requisitos y Beneficiarios

Beneficiarios: PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El beneficiario de la subvención es el Ayuntamiento de La Fueva, que debe estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. Además, debe cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones, lo que implica no estar incurso en deudas tributarias o por reintegro de subvenciones. La aceptación de la subvención debe realizarse en un plazo de quince días tras la notificación.
✅ Compatibilidad y Concurrencia La subvención es incompatible con otras ayudas públicas para la misma finalidad. En caso de recibir otras aportaciones, el beneficiario debe comunicarlas a la Diputación en un plazo de un mes.

Detalles Técnicos

Obligaciones Clave
El beneficiario debe aceptar la subvención, estar al corriente de obligaciones tributarias, cumplir con la normativa de contratación, facilitar información requerida por la Diputación, destinar los bienes subvencionados al fin para el que se concedió la subvención durante un mínimo de cinco años, y dar publicidad del carácter público de la financiación.
Documentación Requerida
Criterios de Valoración
La subvención se concede de forma directa, por lo que no se especifican criterios de valoración adicionales. Sin embargo, se debe cumplir con la normativa de contratación y justificación de gastos.

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Referencia de la Convocatoria
Subvención al Ayuntamiento de La Fueva para Rehabilitación antiguo Ayuntamiento en Muro de Roda.
Resumen: El Decreto Nº 1950 de 29 de mayo de 2026 concede una subvención nominativa al Ayuntamiento de La Fueva para la rehabilitación del antiguo Ayuntamiento en Muro, con un importe total de 50.000,00 €. La subvención se enmarca dentro de la normativa vigente de subvenciones y se destina a cubrir el 100% del coste de la actividad, que se debe justificar adecuadamente. La ejecución de la obra debe cumplir con las normativas de patrimonio cultural, dado que afecta a un Bien catalogado de Interés Cultural.
BDNS: 910588