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AUTONOMICA

ORDEN DE LA CONSEJERÍA DE AGUA, AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, POR LA QUE SE ESTABLECE EL PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN DE LA AYUDA COMPLEMENTARIA A LA CONTRATACIÓN DE DETERMINADOS SEGUROS AGRARIOS EN LA CARM.

Agricultura, Pesca y Alimentación

La Orden de 31 de marzo de 2026 establece el procedimiento para la concesión de ayudas complementarias a la contratación de seguros agrarios en la Región de Murcia. Su objetivo es fomentar la suscripción de seguros agrarios, contribuyendo a la estabilidad de las rentas de los agricultores frente a adversidades climáticas y otros riesgos. Las ayudas se abonan como un complemento a la ayuda estatal proporcionada por la Entidad Estatal de Seguros Agrarios (ENESA) y se aplican a pólizas suscritas en 2026, así como a aquellas de años anteriores que no fueron abonadas.

BDNS: 909122 | Registro: 2026-05-29

Análisis Económico

Importe Máximo El importe máximo a subvencionar por póliza es de 75.000 €.
% Subvención 50% del importe de la subvención concedida por ENESA para pólizas generales; 100% para pólizas de explotaciones frutícolas (línea 300) y 30% para otros módulos. Líneas específicas como cultivos herbáceos, frutos secos, olivar, y otros tienen un 100% de subvención en ciertos módulos.
Forma de Pago La subvención se deduce del importe de la prima que abone el tomador al suscribir la póliza. El pago a AGROSEGURO se realiza tras la certificación de los descuentos aplicados.
Gastos Subvencionables
Se subvencionan las primas de seguros agrarios combinados, excluyendo el módulo 1 y el complementario del módulo 1. Las pólizas deben ser certificadas por AGROSEGURO.

Requisitos y Beneficiarios

Beneficiarios: PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Los beneficiarios son agricultores que contraten o renueven pólizas de seguros agrarios combinados certificadas por AGROSEGURO, situadas en la Región de Murcia. Deben estar incluidos en la Base de Datos para el Control Integral de Acceso a Subvenciones (CIAS) y no incurrir en causas de prohibición según la Ley General de Subvenciones. Además, deben consentir las comprobaciones necesarias para el control de la subvención.
✅ Compatibilidad y Concurrencia Las ayudas son compatibles con otras subvenciones, siempre que no se superen los límites establecidos por la normativa comunitaria sobre ayudas estatales en el sector agrícola.

Detalles Técnicos

Obligaciones Clave
Los beneficiarios deben conservar la póliza y documentos justificativos durante cinco años, someterse a comprobaciones y reintegrar fondos en caso de incumplimiento de requisitos.
Documentación Requerida
Criterios de Valoración
No se especifican criterios de valoración en la documentación, ya que la concesión es directa y se basa en la formalización de las pólizas de seguros agrarios.

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Referencia de la Convocatoria
ORDEN DE LA CONSEJERÍA DE AGUA, AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, POR LA QUE SE ESTABLECE EL PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN DE LA AYUDA COMPLEMENTARIA A LA CONTRATACIÓN DE DETERMINADOS SEGUROS AGRARIOS EN LA CARM.
Resumen: La Orden de 31 de marzo de 2026 establece el procedimiento para la concesión de ayudas complementarias a la contratación de seguros agrarios en la Región de Murcia. Su objetivo es fomentar la suscripción de seguros agrarios, contribuyendo a la estabilidad de las rentas de los agricultores frente a adversidades climáticas y otros riesgos. Las ayudas se abonan como un complemento a la ayuda estatal proporcionada por la Entidad Estatal de Seguros Agrarios (ENESA) y se aplican a pólizas suscritas en 2026, así como a aquellas de años anteriores que no fueron abonadas.
BDNS: 909122