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LOCAL

CONVOCATORIA FOMENTO MOVIMIENTO VECINAL 2026

Servicios Sociales y Promoción Social

La convocatoria de subvenciones para el Fomento del Movimiento Vecinal 2026 tiene como objetivo sufragar actuaciones, actividades y campañas desarrolladas por asociaciones de vecinos en Granada. Estas actividades deben fomentar la convivencia vecinal, el sostenimiento de festividades tradicionales y culturales, y la implantación de asociaciones en sus distritos. La subvención se concede en régimen de concesión directa, en atención al interés público que representan las asociaciones de vecinos, y está regulada por la Ordenanza de Normas Especiales Reguladoras de la concesión de subvenciones públicas destinadas al fomento y sostenibilidad del movimiento vecinal, publicada en el B.O.P. en 2016.

BDNS: 909243 | Registro: 2026-05-29

Análisis Económico

Importe Máximo El importe total máximo destinado a la convocatoria es de 82.000 €, distribuidos en 65.600 € para 2026 y 16.400 € para 2027.
% Subvención Las subvenciones cubrirán hasta el 100% de los gastos subvencionables, con un límite de 3.000 € por entidad beneficiaria.
Forma de Pago Se prevé un pago anticipado de 65.600 € para el año 2026. El plazo de justificación de las subvenciones finaliza el 20 de enero de 2027, aunque se puede presentar antes si se ha aceptado la subvención y se ha realizado la actividad subvencionada.
Gastos Subvencionables
Se consideran gastos subvencionables aquellos directamente relacionados con las actividades, incluyendo gastos de viaje, bebidas no alcohólicas y servicios de hostelería para actividades festivas. No se subvencionarán gastos que financien bienes inventariables ni aquellos excluidos por las bases de ejecución del presupuesto municipal.

Requisitos y Beneficiarios

Beneficiarios: PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Los beneficiarios son asociaciones de vecinos legalmente constituidas e inscritas en el Censo Municipal de Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento de Granada, que tengan como fines la defensa de los intereses generales de los vecinos. Deben estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. Las solicitudes deben ser presentadas por el órgano competente y se examinarán para comprobar si cumplen con los requisitos formales exigidos.
✅ Compatibilidad y Concurrencia Las subvenciones son compatibles con otras ayudas, siempre que no superen el coste total de la actividad subvencionada. Se debe declarar cualquier otra subvención recibida para la misma finalidad.

Detalles Técnicos

Obligaciones Clave
Las entidades beneficiarias deben justificar el cumplimiento de la finalidad para la que se concedió la subvención y la aplicación de los fondos percibidos. Además, deben estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
Documentación Requerida
Criterios de Valoración
Las solicitudes serán examinadas para comprobar si reúnen los requisitos formales. Las subvenciones se otorgarán a quienes acrediten la condición de beneficiaria, prorrateándose el importe global máximo entre los beneficiarios. No se especifican criterios de puntuación adicionales en el documento.

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Referencia de la Convocatoria
CONVOCATORIA FOMENTO MOVIMIENTO VECINAL 2026
Resumen: La convocatoria de subvenciones para el Fomento del Movimiento Vecinal 2026 tiene como objetivo sufragar actuaciones, actividades y campañas desarrolladas por asociaciones de vecinos en Granada. Estas actividades deben fomentar la convivencia vecinal, el sostenimiento de festividades tradicionales y culturales, y la implantación de asociaciones en sus distritos. La subvención se concede en régimen de concesión directa, en atención al interés público que representan las asociaciones de vecinos, y está regulada por la Ordenanza de Normas Especiales Reguladoras de la concesión de subvenciones públicas destinadas al fomento y sostenibilidad del movimiento vecinal, publicada en el B.O.P. en 2016.
BDNS: 909243