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AUTONOMICA

ORDEN DE LA CONSEJERIA DE TURISMO, CULTURA, JUVENTUD Y DEPORTES POR LA QUE SE AUTORIZA EL GASTO Y SE APRUEBA LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A CLUBES DEPORTIVOS DE LA REGIÓN DE MURCIA PARA LA FINANCIACIÓN DE LOS GASTOS OCASIONADOS POR LA PARTICIPACIÓN DE

Otras Prestaciones económicas

La presente Orden tiene como objetivo convocar subvenciones a clubes deportivos de la Región de Murcia para financiar los gastos derivados de la participación de equipos femeninos no profesionales en competiciones regulares de ámbito estatal durante el año 2026. Se busca fomentar el desarrollo y consolidación del rendimiento deportivo de las mujeres en el deporte, así como promover la igualdad de género en el ámbito deportivo. Las subvenciones se concederán en régimen de concurrencia competitiva, conforme a las bases reguladoras establecidas en la Orden de 27 de julio de 2010.

BDNS: 909215 | Registro: 2026-05-29

Análisis Económico

Importe Máximo El importe total de las subvenciones asciende a 98.500,00 €, y ningún beneficiario podrá superar la cuantía de 20.000,00 €.
% Subvención La subvención cubrirá hasta el 100% de los gastos subvencionables, con un límite máximo de 20.000,00 € por club.
Forma de Pago El pago se realizará en un solo acto con carácter previo a la justificación, sin necesidad de constitución de garantías.
Gastos Subvencionables
Los gastos subvencionables incluyen: a) Licencias deportivas, cuotas federativas, arbitraje y gastos de inscripción, b) Desplazamientos, alojamiento y manutención, c) Adquisición de material deportivo. No se consideran gastos subvencionables los de protocolo, representación o suntuarios.

Requisitos y Beneficiarios

Beneficiarios: PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Podrán ser beneficiarios los clubes deportivos de la Región de Murcia que estén inscritos en el Registro de Entidades Deportivas con al menos dos años de antigüedad, participen en competiciones deportivas oficiales no profesionales durante el año 2026, y cumplan con la normativa fiscal y deportiva aplicable. Además, deben tener sus actividades dirigidas por técnicos deportivos con titulación adecuada. Se requiere que estén al corriente de sus obligaciones tributarias y de la Seguridad Social.
✅ Compatibilidad y Concurrencia La subvención es compatible con otras ayudas, siempre que el importe total no supere el coste de la actividad a desarrollar por el beneficiario.

Detalles Técnicos

Obligaciones Clave
Los beneficiarios deben cumplir con la normativa de subvenciones, justificar el uso de los fondos, y hacer constar la participación de la Consejería en toda la publicidad relacionada con la actividad subvencionada. También deben someterse a las instrucciones sobre identidad corporativa y mostrar el logotipo de la Comunidad Autónoma en las equipaciones.
Documentación Requerida
Criterios de Valoración
Los criterios de valoración incluyen: 1) Categoría deportiva senior (hasta 100 puntos), 2) Categoría inferior a senior (hasta 80 puntos), 3) Participación en competiciones internacionales (hasta 10 puntos), 4) Especialidad deportiva reconocida como Olímpica o Paralímpica (hasta 10 puntos), 5) Número de jornadas en la fase regular (hasta 40 puntos), 6) Número de temporadas en competición estatal (hasta 10 puntos), 7) Desplazamientos a otras Comunidades Autónomas (hasta 40 puntos).

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Referencia de la Convocatoria
ORDEN DE LA CONSEJERIA DE TURISMO, CULTURA, JUVENTUD Y DEPORTES POR LA QUE SE AUTORIZA EL GASTO Y SE APRUEBA LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A CLUBES DEPORTIVOS DE LA REGIÓN DE MURCIA PARA LA FINANCIACIÓN DE LOS GASTOS OCASIONADOS POR LA PARTICIPACIÓN DE
Resumen: La presente Orden tiene como objetivo convocar subvenciones a clubes deportivos de la Región de Murcia para financiar los gastos derivados de la participación de equipos femeninos no profesionales en competiciones regulares de ámbito estatal durante el año 2026. Se busca fomentar el desarrollo y consolidación del rendimiento deportivo de las mujeres en el deporte, así como promover la igualdad de género en el ámbito deportivo. Las subvenciones se concederán en régimen de concurrencia competitiva, conforme a las bases reguladoras establecidas en la Orden de 27 de julio de 2010.
BDNS: 909215