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AUTONOMICA

EF00499- L0127 2aC. Resolución por la que se abre la 2ª convocatoria 2026 para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para la traducción de obras literarias y de pensamiento originales en lengua catalana y occitana (en su vari

Cultura

La presente resolución abre la segunda convocatoria de 2026 para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinadas a la traducción de obras literarias y de pensamiento originales en lengua catalana y occitana (en su variedad aranesa). El objetivo es promover la proyección y difusión de la lengua y cultura catalanas a través de la traducción de obras relevantes. Las subvenciones se podrán solicitar desde la publicación de la resolución hasta el 15 de noviembre de 2027, y están sujetas a las bases modificadas aprobadas el 16 de enero de 2025. La dotación máxima de la convocatoria es de 200.000 euros, distribuidos en dos años fiscales, 2026 y 2027, con posibilidad de ampliación en función de las solicitudes recibidas.

BDNS: 908798 | Registro: 2026-05-28

Análisis Económico

Importe Máximo El importe máximo por solicitud es de 100.000 euros por año, con un total de 200.000 euros para la convocatoria, que puede ampliarse hasta cuatro veces el importe inicial dependiendo de la disponibilidad presupuestaria.
% Subvención La subvención cubrirá hasta el 100% de los gastos elegibles, con un límite de 20.000 euros para empresas privadas, 75.000 euros para traducciones al exterior y 5.000 euros para otras instituciones sin ánimo de lucro.
Forma de Pago El pago se realizará tras la justificación de los gastos, y se podrán establecer anticipos según lo que se determine en la resolución de concesión.
Gastos Subvencionables
Los gastos subvencionables incluyen: honorarios de traductores, gastos de edición, costos de promoción y difusión de la obra traducida, y otros gastos directamente relacionados con el proceso de traducción. No se especifica si se incluye IVA.

Requisitos y Beneficiarios

Beneficiarios: GRAN EMPRESA; PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA; PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Los beneficiarios de estas subvenciones son entidades que deseen traducir obras literarias y de pensamiento en lengua catalana y occitana. Se requiere que los solicitantes sean personas físicas o jurídicas, tanto españolas como extranjeras, que residan en España. Además, deben estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. Las solicitudes deben presentarse telemáticamente, y los solicitantes extranjeros no residentes deben utilizar un certificado digital reconocido por la Unión Europea.
✅ Compatibilidad y Concurrencia Las subvenciones son compatibles con otras ayudas, siempre que no se supere el coste total del proyecto y se informe de la obtención de otras subvenciones en la solicitud.

Detalles Técnicos

Obligaciones Clave
Los beneficiarios deben mantener la inversión durante un periodo determinado, justificar el uso de la subvención mediante la presentación de informes y documentos, y dar publicidad a la subvención recibida en cualquier material promocional relacionado con la obra traducida.
Documentación Requerida
Criterios de Valoración
Los criterios de valoración se basan en la calidad del proyecto de traducción, la relevancia de la obra a traducir, la experiencia del solicitante en proyectos similares, y la viabilidad económica del proyecto. Se asignarán puntos en función de estos criterios, aunque los baremos específicos no se detallan en el documento.

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Referencia de la Convocatoria
EF00499- L0127 2aC. Resolución por la que se abre la 2ª convocatoria 2026 para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para la traducción de obras literarias y de pensamiento originales en lengua catalana y occitana (en su vari
Resumen: La presente resolución abre la segunda convocatoria de 2026 para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinadas a la traducción de obras literarias y de pensamiento originales en lengua catalana y occitana (en su variedad aranesa). El objetivo es promover la proyección y difusión de la lengua y cultura catalanas a través de la traducción de obras relevantes. Las subvenciones se podrán solicitar desde la publicación de la resolución hasta el 15 de noviembre de 2027, y están sujetas a las bases modificadas aprobadas el 16 de enero de 2025. La dotación máxima de la convocatoria es de 200.000 euros, distribuidos en dos años fiscales, 2026 y 2027, con posibilidad de ampliación en función de las solicitudes recibidas.
BDNS: 908798