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SUBVENCIONES PARA EL FOMENTO DEL EMPLEO EN ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO PARA EL AÑO 2026

Fomento del Empleo

La convocatoria de subvenciones para el fomento del empleo en entidades sin ánimo de lucro para el año 2026 tiene como objetivo principal fomentar la creación de empleo y la estabilidad laboral en Vigo, a través de la colaboración con entidades sin ánimo de lucro. Las actividades subvencionables deben realizarse entre el 1 de agosto de 2025 y el 31 de agosto de 2026, y se centran en la contratación de personas desempleadas, preferentemente empadronadas en Vigo desde el 1 de enero de 2025. Se busca fortalecer el tejido social y mejorar la calidad de vida de la ciudadanía, facilitando la inserción laboral de colectivos desfavorecidos y apoyando la autoorganización de las entidades. Las líneas de actuación incluyen la promoción de la participación ciudadana, la formación, el asesoramiento y el desarrollo de nuevas tecnologías.

BDNS: 908640 | Registro: 2026-05-27

Análisis Económico

Importe Máximo La cuantía total destinada a estas subvenciones es de 1.390.000 €, distribuidos entre varios programas con límites específicos: Programa I: 245.000 €, Programa II: 575.000 €, Programa III: 35.000 €, Programa IV: 200.000 €, Programa V: 145.000 €, Programa VI: 190.000 €.
% Subvención Las subvenciones no podrán superar el 100% del coste de la actividad subvencionada. Cada programa tiene un límite de 35.000 € por entidad.
Forma de Pago El pago se realizará tras la justificación de los gastos, que debe presentarse en un mes desde la finalización de las acciones subvencionadas. Se permite un plazo adicional hasta el 30 de septiembre de 2026 si las acciones finalizan en agosto.
Gastos Subvencionables
Los gastos subvencionables incluyen: salarios del personal contratado, costes de seguridad social, gastos de formación, y otros gastos necesarios para la realización de las actividades subvencionadas. No se especifica la inclusión de IVA como gasto subvencionable.

Requisitos y Beneficiarios

Beneficiarios: PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Podrán beneficiarse de estas subvenciones las asociaciones vecinales, culturales, sindicales, sociales, deportivas, comunidades de montes y entidades empresariales sin ánimo de lucro, que estén inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones de Vigo antes del inicio del plazo de presentación de solicitudes. Las entidades deben tener como ámbito de actuación el término municipal de Vigo y realizar actividades que complementen las competencias municipales en áreas como empleo, cultura, asistencia, ocio y deporte.
✅ Compatibilidad y Concurrencia Las subvenciones son compatibles con otras ayudas, siempre que la suma de todas no supere el coste total de la actividad subvencionada. La concesión de la subvención no genera derecho a futuras ayudas en convocatorias posteriores.

Detalles Técnicos

Obligaciones Clave
Las entidades beneficiarias deben justificar el uso de los fondos en el plazo establecido, mantener la inversión, y comunicar cualquier modificación en la composición de la junta directiva. La falta de justificación puede llevar a la exigencia de reintegro de la subvención.
Documentación Requerida
Criterios de Valoración
Los criterios de valoración incluyen: 1) Colaboración en el desarrollo de actividades de fomento del empleo (hasta 8 puntos); 2) Representatividad de la entidad (hasta 2 puntos); 3) Calidad del proyecto (hasta 10 puntos); 4) Calidad y cantidad de los contratos (hasta 30 puntos). Se evaluará la participación en convocatorias anteriores, la calidad de las justificaciones, el número de socios, la capacidad de generar programas estables, la inclusión de colectivos desfavorecidos, el uso de la lengua gallega, la colaboración con otras entidades y la formación del personal contratado.

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Referencia de la Convocatoria
SUBVENCIONES PARA EL FOMENTO DEL EMPLEO EN ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO PARA EL AÑO 2026
Resumen: La convocatoria de subvenciones para el fomento del empleo en entidades sin ánimo de lucro para el año 2026 tiene como objetivo principal fomentar la creación de empleo y la estabilidad laboral en Vigo, a través de la colaboración con entidades sin ánimo de lucro. Las actividades subvencionables deben realizarse entre el 1 de agosto de 2025 y el 31 de agosto de 2026, y se centran en la contratación de personas desempleadas, preferentemente empadronadas en Vigo desde el 1 de enero de 2025. Se busca fortalecer el tejido social y mejorar la calidad de vida de la ciudadanía, facilitando la inserción laboral de colectivos desfavorecidos y apoyando la autoorganización de las entidades. Las líneas de actuación incluyen la promoción de la participación ciudadana, la formación, el asesoramiento y el desarrollo de nuevas tecnologías.
BDNS: 908640