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AUTONOMICA

RESOLUCIÓN de 24/05/2026, bases reguladoras para concesión subvenciones destinadas a actuaciones de apertura de fosas y exhumaciones de víctimas Guerra Civil y dictadura, y se convocan para el ejercicio 2026.

Servicios Sociales y Promoción Social

La Resolución de la Conselleria de Justicia, Transparencia y Participación establece las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a la apertura de fosas y exhumaciones de víctimas desaparecidas durante la Guerra Civil y la dictadura en la Comunidad Valenciana. El objetivo es promover la recuperación de la memoria colectiva y garantizar el respeto a los derechos humanos. Las subvenciones se enmarcan en un régimen de concurrencia competitiva y están dirigidas a ayuntamientos, mancomunidades y diputaciones que realicen proyectos relacionados con la localización, verificación, delimitación de fosas, exhumación, estudio antropológico, custodia e inhumación de las víctimas. Se contempla un presupuesto máximo de 200.000 euros para el ejercicio 2026, con la posibilidad de incrementarse en función de la disponibilidad de crédito.

BDNS: 907882 | Registro: 2026-05-25

Análisis Económico

Importe Máximo El importe máximo global para la convocatoria es de 200.000 euros, con posibilidad de incremento en función de la disponibilidad de crédito.
% Subvención Las subvenciones se concederán en función de la puntuación obtenida en la valoración de los proyectos, con un máximo de 25 puntos. La cuantía de la subvención será variable y no podrá superar el coste de la actividad subvencionada.
Forma de Pago El pago se realizará en un único pago mediante transferencia al cuenta bancaria de la entidad beneficiaria, tras la justificación de los gastos correspondientes.
Gastos Subvencionables
Los gastos subvencionables incluyen la prestación de servicios profesionales relacionados con la actividad subvencionada. No son subvencionables los intereses de cuentas bancarias, sanciones administrativas, gastos judiciales, impuestos indirectos recuperables, gastos de publicidad, personal empleado público, dietas y viajes, gastos de funcionamiento ordinario de la entidad, y material fungible.

Requisitos y Beneficiarios

Beneficiarios: PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Los beneficiarios de estas subvenciones son los ayuntamientos, mancomunidades y diputaciones de la Comunidad Valenciana. Para acceder a la condición de beneficiarios, las entidades deben estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, no estar incursas en prohibiciones para obtener la condición de beneficiaria, y justificar la capacidad técnica del personal que ejecutará el proyecto. Además, deben presentar una declaración responsable que acredite que no son deudores de la Generalitat por reintegro de subvenciones.
✅ Compatibilidad y Concurrencia Las subvenciones no están sujetas a notificación a la Comisión Europea, ya que no suponen ventajas económicas que afecten la competencia. Las entidades no podrán obtener subvenciones que superen el coste total de la actividad subvencionada.

Detalles Técnicos

Obligaciones Clave
Las entidades beneficiarias deben realizar la actividad subvencionada dentro del plazo establecido, someterse a controles financieros, justificar la subvención concedida, comunicar la obtención de otras subvenciones, y dar publicidad adecuada al carácter público del financiamiento.
Documentación Requerida
Criterios de Valoración
La valoración de los proyectos se realizará sobre un máximo de 25 puntos, distribuidos de la siguiente manera: 4 puntos por existencia de familiares vivos hasta el cuarto grado; hasta 6 puntos por calidad técnica y viabilidad del proyecto; hasta 6 puntos por relevancia y magnitud de la actuación; hasta 4 puntos por capacidad de gestión y experiencia de las entidades intervinientes; hasta 4 puntos por adecuación y eficiencia económica del presupuesto; y 1 punto por compromiso de la entidad local en responsabilidad social.

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Referencia de la Convocatoria
RESOLUCIÓN de 24/05/2026, bases reguladoras para concesión subvenciones destinadas a actuaciones de apertura de fosas y exhumaciones de víctimas Guerra Civil y dictadura, y se convocan para el ejercicio 2026.
Resumen: La Resolución de la Conselleria de Justicia, Transparencia y Participación establece las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a la apertura de fosas y exhumaciones de víctimas desaparecidas durante la Guerra Civil y la dictadura en la Comunidad Valenciana. El objetivo es promover la recuperación de la memoria colectiva y garantizar el respeto a los derechos humanos. Las subvenciones se enmarcan en un régimen de concurrencia competitiva y están dirigidas a ayuntamientos, mancomunidades y diputaciones que realicen proyectos relacionados con la localización, verificación, delimitación de fosas, exhumación, estudio antropológico, custodia e inhumación de las víctimas. Se contempla un presupuesto máximo de 200.000 euros para el ejercicio 2026, con la posibilidad de incrementarse en función de la disponibilidad de crédito.
BDNS: 907882