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Concesión Subvención a CLUB TRIAL SIN PICASSENT 2026

Cultura

La Base 30 del Presupuesto Municipal de Picassent regula el régimen de subvenciones nominativas para el año 2026, específicamente para el CLUB TRIAL SIN PICASSENT. Estas subvenciones se otorgan sin contraprestación directa y están destinadas a financiar actividades de utilidad pública o interés social. La concesión se realiza de forma directa y está sujeta a la normativa de la Ley General de Subvenciones y la Ordenanza Municipal General de Subvenciones. Se establece un importe de 1.000,00 € para el club, destinado a sus actividades propias.

BDNS: 907482 | Registro: 2026-05-22

Análisis Económico

Importe Máximo 1.000,00 € por solicitud para el CLUB TRIAL SIN PICASSENT.
% Subvención 100% del coste de la actividad subvencionada, hasta un importe máximo de 1.000,00 €.
Forma de Pago La subvención se concede de forma directa y se debe justificar la aplicación de los fondos antes de su percepción.
Gastos Subvencionables
Se pueden financiar actividades propias del club, siempre que estén justificadas y sean de utilidad pública o interés social. No se especifican otros gastos concretos en el documento.

Requisitos y Beneficiarios

Beneficiarios: PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Los beneficiarios de estas subvenciones son entidades públicas o privadas que cumplan con los requisitos establecidos en la Ley General de Subvenciones. En este caso, el CLUB TRIAL SIN PICASSENT debe estar al corriente de sus obligaciones fiscales y justificar la aplicación de los fondos recibidos. No se consideran subvenciones aquellas aportaciones entre Administraciones Públicas o cuotas ordinarias a asociaciones.
✅ Compatibilidad y Concurrencia No se menciona explícitamente la compatibilidad con otras ayudas, pero se establece que las subvenciones no podrán exceder el coste de la actividad subvencionada, lo que implica que deben considerarse en conjunto con otras posibles subvenciones.

Detalles Técnicos

Obligaciones Clave
Los beneficiarios deben justificar la aplicación de los fondos recibidos y acreditar que están al corriente de sus obligaciones fiscales. Además, deben cumplir con las condiciones y compromisos establecidos en la resolución de concesión.
Documentación Requerida
Criterios de Valoración
La concesión se basa en la normativa de la Ley General de Subvenciones, que establece principios de publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad y no discriminación. No se especifican criterios de valoración adicionales en el documento.

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Referencia de la Convocatoria
Concesión Subvención a CLUB TRIAL SIN PICASSENT 2026
Resumen: La Base 30 del Presupuesto Municipal de Picassent regula el régimen de subvenciones nominativas para el año 2026, específicamente para el CLUB TRIAL SIN PICASSENT. Estas subvenciones se otorgan sin contraprestación directa y están destinadas a financiar actividades de utilidad pública o interés social. La concesión se realiza de forma directa y está sujeta a la normativa de la Ley General de Subvenciones y la Ordenanza Municipal General de Subvenciones. Se establece un importe de 1.000,00 € para el club, destinado a sus actividades propias.
BDNS: 907482