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Acuerdo del Consejo Ejecutivo de 27.04.2026, relativo a las bases que rigen la concesión de ayudas para entidades privadas sin ánimo de lucro para financiar programas de atención social llevados a cabo durante el año 2026 y la convocatoria correspondiente

Servicios Sociales y Promoción Social

El objeto de esta subvención es regular la concesión de ayudas a entidades privadas sin ánimo de lucro para financiar programas de atención social durante el año 2026. Se establecen dos líneas de actuación: la Línea 1, que destina 530.000 euros al financiamiento de programas de atención social, y la Línea 2, que destina 20.000 euros al apoyo de actividades formativas y de ocio inclusivo. La finalidad es mejorar la oferta de servicios sociales en Menorca, fomentando la autonomía personal y el bienestar social de colectivos vulnerables como personas con discapacidad, ancianos y menores en riesgo.

BDNS: 906713 | Registro: 2026-05-20

Análisis Económico

Importe Máximo 80.000 euros para la Línea 1 y 3.000 euros para la Línea 2.
% Subvención 100% para gastos de personal y otros gastos subvencionables, 50% para arrendamientos y otros gastos relacionados.
Forma de Pago El 75% de la subvención se paga anticipadamente y el 25% restante tras la justificación completa de la subvención.
Gastos Subvencionables
Se consideran subvencionables: gastos de personal (nóminas, impuestos), arrendamientos, gastos de asesoría, gastos de voluntariado, y otros gastos relacionados con el programa. Para la Línea 2, se incluyen gastos de formación y actividades de ocio inclusivo.

Requisitos y Beneficiarios

Beneficiarios: PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Los beneficiarios deben ser entidades privadas sin ánimo de lucro legalmente constituidas y registradas como prestadoras de servicios sociales en el Registro Unificado de Servicios Sociales de las Islas Baleares, con al menos dos años de antigüedad. Deben estar al corriente de sus obligaciones tributarias y de la seguridad social, y actuar en el ámbito territorial de Menorca. Se excluyen federaciones, confederaciones y fundaciones con mayoría de capital público. Además, no deben estar en situación de prohibición para recibir ayudas públicas.
✅ Compatibilidad y Concurrencia Los ajuts son compatibles con otras ayudas, siempre que la suma no supere el coste total del proyecto. Las entidades deben informar sobre otras subvenciones recibidas.

Detalles Técnicos

Obligaciones Clave
Las entidades deben justificar el uso de los fondos hasta el 1 de febrero de 2027, mantener la publicidad del apoyo recibido y cumplir con las obligaciones fiscales y de seguridad social durante todo el proceso.
Documentación Requerida
Criterios de Valoración
Los criterios de valoración incluyen: 1) Calidad y coherencia del proyecto (20%), 2) Necesidad del servicio (20%), 3) Cartera de servicios (30%), 4) Difusión social y cooperación (10%), 5) Contratación y voluntariado (20%). Se requiere una puntuación mínima del 50% para ser beneficiario.

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Referencia de la Convocatoria
Acuerdo del Consejo Ejecutivo de 27.04.2026, relativo a las bases que rigen la concesión de ayudas para entidades privadas sin ánimo de lucro para financiar programas de atención social llevados a cabo durante el año 2026 y la convocatoria correspondiente
Resumen: El objeto de esta subvención es regular la concesión de ayudas a entidades privadas sin ánimo de lucro para financiar programas de atención social durante el año 2026. Se establecen dos líneas de actuación: la Línea 1, que destina 530.000 euros al financiamiento de programas de atención social, y la Línea 2, que destina 20.000 euros al apoyo de actividades formativas y de ocio inclusivo. La finalidad es mejorar la oferta de servicios sociales en Menorca, fomentando la autonomía personal y el bienestar social de colectivos vulnerables como personas con discapacidad, ancianos y menores en riesgo.
BDNS: 906713