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CONVENIO DE COLABORACIÓN PARA LA SUBVENCIÓN A FAVOR DE LA PEÑA ALEGRÍA MULEÑA POR SUS ACTIVIDADES DE INTERÉS SOCIAL EN EL MUNICIPIO.

Cultura

El presente convenio establece una colaboración entre el Excmo. Ayuntamiento de Mula y la Peña Alegría Muleña para la subvención de actividades culturales de interés social en el municipio durante el año 2026. La subvención tiene como objetivo fomentar la enseñanza de la música y danza folklórica, así como la promoción de las tradiciones muleñas. Se especifican diversas actividades que la Peña deberá llevar a cabo, incluyendo recitales, charlas en colegios, y festivales, entre otros. La subvención total asciende a 12.000 euros, que se destinarán a las actividades culturales mencionadas.

BDNS: 901536 | Registro: 2026-04-24

Análisis Económico

Importe Máximo 12.000 euros, que es el total de la subvención otorgada.
% Subvención 100% de los gastos relacionados con las actividades culturales especificadas en el convenio.
Forma de Pago El pago se realizará tras la justificación de los gastos mediante la presentación de la documentación requerida. No se especifica un anticipo, y se requiere la presentación de justificantes de pago y memorias justificativas.
Gastos Subvencionables
Los gastos subvencionables incluyen: honorarios por actividades culturales, materiales para las actividades, alquiler de espacios, y otros gastos directamente relacionados con la realización de las actividades culturales. Se requiere que todos los gastos estén debidamente justificados con facturas y recibos.

Requisitos y Beneficiarios

Beneficiarios: PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El único beneficiario de esta subvención es la Peña Alegría Muleña, una asociación radicada en Mula. Para poder acceder a la subvención, la Peña debe cumplir con varios requisitos, entre ellos: destinar los fondos a las actividades culturales especificadas en el convenio, justificar el uso de los fondos, y estar al corriente de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social. Además, no podrá ser beneficiario quien sea deudor por reintegro de subvenciones anteriores.
✅ Compatibilidad y Concurrencia No se menciona explícitamente la compatibilidad con otras ayudas, pero se establece que no podrá ser objeto de subvención quien no esté al corriente de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social o sea deudor por reintegro de subvenciones anteriores.

Detalles Técnicos

Obligaciones Clave
Las obligaciones clave incluyen: destinar los fondos a las actividades culturales especificadas, justificar el uso de la subvención en el plazo de 3 meses tras la finalización del periodo de la subvención, y estar al corriente de las obligaciones tributarias y de Seguridad Social.
Documentación Requerida
Criterios de Valoración
Los criterios de valoración no están explícitamente detallados en el convenio, pero se infiere que la justificación adecuada de los gastos y la realización de las actividades programadas son fundamentales para la obtención de la subvención. Se requiere la presentación de memorias justificativas y documentos que demuestren el cumplimiento de las actividades.

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Referencia de la Convocatoria
CONVENIO DE COLABORACIÓN PARA LA SUBVENCIÓN A FAVOR DE LA PEÑA ALEGRÍA MULEÑA POR SUS ACTIVIDADES DE INTERÉS SOCIAL EN EL MUNICIPIO.
Resumen: El presente convenio establece una colaboración entre el Excmo. Ayuntamiento de Mula y la Peña Alegría Muleña para la subvención de actividades culturales de interés social en el municipio durante el año 2026. La subvención tiene como objetivo fomentar la enseñanza de la música y danza folklórica, así como la promoción de las tradiciones muleñas. Se especifican diversas actividades que la Peña deberá llevar a cabo, incluyendo recitales, charlas en colegios, y festivales, entre otros. La subvención total asciende a 12.000 euros, que se destinarán a las actividades culturales mencionadas.
BDNS: 901536