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LOCAL

SUBVENCIONES EN MATERIA DE JUVENTUD PARA ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO

Otras actuaciones de carácter económico

La presente convocatoria tiene como objetivo regular la concesión de subvenciones en materia de juventud para el ejercicio 2026, destinadas a colaborar económicamente con asociaciones o entidades sin ánimo de lucro que fomenten la actividad asociativa, la participación juvenil y el voluntariado social. Se tramitará mediante un procedimiento ordinario en régimen de concurrencia competitiva, donde se compararán las solicitudes presentadas según criterios de valoración establecidos. El crédito presupuestario destinado es de 7.500 €, con un límite de 1.200 € por proyecto.

BDNS: 899844 | Registro: 2026-04-20

Análisis Económico

Importe Máximo El importe máximo por solicitud es de 1.200 €.
% Subvención El importe de la subvención no podrá superar el 80% del presupuesto total del proyecto o actividad a desarrollar.
Forma de Pago El pago de las ayudas se realizará tras la justificación del proyecto. No se pagará si la entidad no está al corriente de sus obligaciones tributarias y con el Ayuntamiento.
Gastos Subvencionables
Se subvencionarán gastos derivados de actividades y proyectos dirigidos a la juventud, excluyendo mobiliario, equipos, bienes de carácter inventariable, gastos de inversión, tributos municipales, gastos ordinarios de la entidad, y actividades ya realizadas por el Ayuntamiento.

Requisitos y Beneficiarios

Beneficiarios: PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Podrán beneficiarse de estas subvenciones las asociaciones o entidades privadas sin ánimo de lucro que estén inscritas en el Registro de Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento de Ejea de los Caballeros y que realicen actividades en el municipio entre el 1 de octubre de 2025 y el 30 de septiembre de 2026. Deben estar al corriente de obligaciones tributarias y no tener deudas con el Ayuntamiento. Además, deben presentar una declaración responsable sobre la veracidad de los datos y cumplir con requisitos específicos si trabajan con menores.
✅ Compatibilidad y Concurrencia La subvención es compatible con otras ayudas, siempre que el total no supere el coste de la actividad subvencionada. No se puede presentar el mismo proyecto a diferentes convocatorias del Ayuntamiento.

Detalles Técnicos

Obligaciones Clave
Las entidades beneficiarias deben justificar el uso de la subvención, incluir el logotipo del Ayuntamiento en la publicidad, comunicar cualquier eventualidad que afecte al proyecto, y no tener deudas con la administración. Además, deben facilitar información solicitada por el Ayuntamiento durante dos años tras la realización del programa.
Documentación Requerida
Criterios de Valoración
Los criterios de valoración incluyen: 1) Desestimación de proyectos no alineados con la juventud; 2) Valoración de la entidad solicitante (máximo 5 puntos) basada en experiencia, complementación de actividades, trayectoria y capacidad organizativa; 3) Valoración del proyecto (máximo 5 puntos) en cuanto a calidad, coherencia, capacidad de involucrar beneficiarios, innovación y participación de voluntariado.

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Referencia de la Convocatoria
SUBVENCIONES EN MATERIA DE JUVENTUD PARA ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO
Resumen: La presente convocatoria tiene como objetivo regular la concesión de subvenciones en materia de juventud para el ejercicio 2026, destinadas a colaborar económicamente con asociaciones o entidades sin ánimo de lucro que fomenten la actividad asociativa, la participación juvenil y el voluntariado social. Se tramitará mediante un procedimiento ordinario en régimen de concurrencia competitiva, donde se compararán las solicitudes presentadas según criterios de valoración establecidos. El crédito presupuestario destinado es de 7.500 €, con un límite de 1.200 € por proyecto.
BDNS: 899844