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Resolución nº 486 de 29/01/2026, del Presidente de la Junta Municipal del Distrito Norte (PD de la Junta de Gobierno), por la que se convocan Subvenciones para Gastos de Funcionamiento dirigidas a entidades del Distrito Norte durante el año 2026

Servicios Sociales y Promoción Social

El objeto de la subvención es otorgar ayudas a entidades ciudadanas sin ánimo de lucro que realicen actividades de interés social en el Distrito Norte de Sevilla, con el fin de sufragar parte de sus gastos de funcionamiento durante el año 2026. La finalidad es fortalecer el tejido asociativo y fomentar la participación ciudadana. Las ayudas se concederán en régimen de concurrencia competitiva, con un presupuesto total de 15.000 euros, distribuyéndose equitativamente entre las solicitudes aprobadas.

BDNS: 902013 | Registro: 2026-04-28

Análisis Económico

Importe Máximo El importe máximo por solicitud es de 500 euros, y el total de la convocatoria es de 15.000 euros.
% Subvención Las ayudas pueden cubrir hasta el 100% de los gastos de funcionamiento, con un límite máximo de 500 euros por entidad.
Forma de Pago El pago se realizará mediante transferencia bancaria del 100% del importe tras la justificación de los gastos, no se realizarán anticipos.
Gastos Subvencionables
Se subvencionarán gastos de funcionamiento como: alquiler de sedes, suministros (luz, teléfono, internet), gastos de personal (nóminas y seguros sociales), gestoría, material de oficina (hasta 10% del presupuesto), productos de limpieza (hasta 10%), reparaciones menores (hasta 10%), seguros de sede, suscripciones a periódicos y mantenimiento de páginas web. Se excluyen gastos inventariables o de proyectos específicos.

Requisitos y Beneficiarios

Beneficiarios: PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Podrán ser beneficiarias las Entidades Ciudadanas sin ánimo de lucro con domicilio social en el Distrito Norte, inscritas en el Registro de Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento de Sevilla. Deben cumplir con requisitos como estar al corriente en obligaciones tributarias y de la Seguridad Social, no estar incursas en causas de prohibición para percibir subvenciones, y haber justificado subvenciones anteriores. Se excluyen entidades con fines políticos, sindicales, mercantiles o religiosos.
✅ Compatibilidad y Concurrencia La subvención es incompatible con otras ayudas para la misma finalidad, y no podrá superar el coste total de la actividad subvencionada. Si se reciben otras ayudas, se debe presentar la documentación correspondiente.

Detalles Técnicos

Obligaciones Clave
Las entidades beneficiarias deben aceptar la subvención, justificar los gastos, comunicar cualquier modificación relevante, someterse a comprobaciones, conservar documentos justificativos durante 4 años, y hacer constar la financiación del Ayuntamiento en sus actividades.
Documentación Requerida
Criterios de Valoración
La valoración se realizará en base a criterios que suman hasta 10 puntos: 1) Repercusión social de las actividades (hasta 5 puntos), 2) Repercusión social atendiendo a colectivos (hasta 50 puntos), 3) Cesión de espacios para talleres socioculturales (hasta 15 puntos). Se aplicará una fórmula para calcular el importe concedido en función de la puntuación obtenida.

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Referencia de la Convocatoria
Resolución nº 486 de 29/01/2026, del Presidente de la Junta Municipal del Distrito Norte (PD de la Junta de Gobierno), por la que se convocan Subvenciones para Gastos de Funcionamiento dirigidas a entidades del Distrito Norte durante el año 2026
Resumen: El objeto de la subvención es otorgar ayudas a entidades ciudadanas sin ánimo de lucro que realicen actividades de interés social en el Distrito Norte de Sevilla, con el fin de sufragar parte de sus gastos de funcionamiento durante el año 2026. La finalidad es fortalecer el tejido asociativo y fomentar la participación ciudadana. Las ayudas se concederán en régimen de concurrencia competitiva, con un presupuesto total de 15.000 euros, distribuyéndose equitativamente entre las solicitudes aprobadas.
BDNS: 902013