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LOCAL

Decreto nº 1984 de 27/04/2025 de aprobación de la convocatoria de ayudas a asociaciones, cofradías y hermandades para el apoyo y promoción de la Semana Santa en la provincia de Albacete, durante el año 2026.

Cultura

La presente convocatoria tiene como objetivo la concesión de ayudas a Asociaciones, Cofradías y Hermandades para la promoción y apoyo de actividades culturales relacionadas con la Semana Santa en la provincia de Albacete durante el año 2026. Se destina un presupuesto total de 90.000 euros, con el fin de proteger la tradición cultural y fomentar el potencial turístico de la región durante la festividad. Las ayudas se enmarcan dentro del Plan Estratégico de Subvenciones de la Diputación Provincial de Albacete y están reguladas por la Ordenanza General de Subvenciones. Las actividades subvencionables incluyen gastos no inventariables directamente relacionados con la festividad, como mantenimiento de tronos, adquisición de elementos decorativos, producción audiovisual, y contratación de bandas musicales.

BDNS: 902021 | Registro: 2026-04-28

Análisis Económico

Importe Máximo Hasta 10.000 € para Juntas de Cofradías en localidades con Semana Santa de interés turístico internacional; hasta 8.000 € en localidades de interés nacional; hasta 6.000 € en interés regional; y hasta 2.000 € en localidades sin declaración de interés.
% Subvención Hasta el 90% de los gastos subvencionables.
Forma de Pago El abono de las ayudas se realizará previa justificación de gastos. Si la subvención es igual o superior a 5.000 €, se requiere documentación acreditativa. La justificación debe presentarse hasta el 5 de octubre de 2026.
Gastos Subvencionables
Se consideran subvencionables: trabajos de mantenimiento y conservación de tronos, adquisición de flores y elementos ornamentales, trabajos de fotografía y producción audiovisual, alquiler de equipos, y contratación de bandas musicales. No son subvencionables gastos de aperitivos, publicidad no relacionada, intereses, y gastos judiciales.

Requisitos y Beneficiarios

Beneficiarios: PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Los beneficiarios de estas ayudas son las Juntas de Cofradías o Hermandades, así como Cofradías o Hermandades a título individual, Federaciones o Asociaciones de Tamborileros y Agrupaciones Musicales. Para ser elegibles, las entidades deben tener su sede social en la provincia de Albacete, no estar incursos en causas de prohibición según la Ley General de Subvenciones, estar al corriente de obligaciones tributarias y de la Seguridad Social, y no tener subvenciones pendientes de justificar. Solo se permite una solicitud por entidad.
✅ Compatibilidad y Concurrencia Las ayudas son compatibles con otras subvenciones, siempre que se declare la obtención de otras ayudas para la misma finalidad.

Detalles Técnicos

Obligaciones Clave
Los beneficiarios deben realizar la actividad subvencionada, justificar los gastos en el plazo establecido, incluir la mención de la subvención en toda la publicidad, y someterse a comprobaciones del órgano concedente.
Documentación Requerida
Criterios de Valoración
Los criterios de valoración incluyen: 1) Calidad general del proyecto (hasta 12 puntos); 2) Participación del ayuntamiento (hasta 12 puntos); 3) Interés cultural del proyecto (hasta 20 puntos); 4) Declaración de interés turístico (hasta 40 puntos); 5) Trayectoria de la entidad (hasta 20 puntos); 6) Impacto social del proyecto (hasta 8 puntos).

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Referencia de la Convocatoria
Decreto nº 1984 de 27/04/2025 de aprobación de la convocatoria de ayudas a asociaciones, cofradías y hermandades para el apoyo y promoción de la Semana Santa en la provincia de Albacete, durante el año 2026.
Resumen: La presente convocatoria tiene como objetivo la concesión de ayudas a Asociaciones, Cofradías y Hermandades para la promoción y apoyo de actividades culturales relacionadas con la Semana Santa en la provincia de Albacete durante el año 2026. Se destina un presupuesto total de 90.000 euros, con el fin de proteger la tradición cultural y fomentar el potencial turístico de la región durante la festividad. Las ayudas se enmarcan dentro del Plan Estratégico de Subvenciones de la Diputación Provincial de Albacete y están reguladas por la Ordenanza General de Subvenciones. Las actividades subvencionables incluyen gastos no inventariables directamente relacionados con la festividad, como mantenimiento de tronos, adquisición de elementos decorativos, producción audiovisual, y contratación de bandas musicales.
BDNS: 902021