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LOCAL

Convocatoria de ayudas para financiar iniciativas de carácter sociocultural y deportivo desarrolladas por asociaciones, clubes deportivos y/o personas físicas en el año 2026

Cultura

Las bases reguladoras de la convocatoria de subvenciones del Ayuntamiento de San Millán para el año 2026 tienen como objetivo financiar iniciativas socioculturales y deportivas desarrolladas por asociaciones, clubes deportivos y personas físicas. Estas subvenciones buscan complementar la intervención municipal y fomentar actividades de interés local. Las ayudas se regirán por la Ley General de Subvenciones y otras normativas locales. Se priorizarán actividades que se realicen en el municipio y que sean de difícil ejecución sin subvención.

BDNS: 900949 | Registro: 2026-04-23

Análisis Económico

Importe Máximo Límite de 850 euros para actividades en el municipio y 400 euros para actividades fuera del municipio.
% Subvención Las actividades en el municipio pueden recibir hasta el 100% de su déficit, con un límite de 850 euros. Las actividades fuera del municipio pueden recibir hasta el 80% de su déficit, con un límite de 400 euros. Las asociaciones no radicadas en el municipio también pueden recibir hasta el 80% de su déficit, con un límite de 400 euros.
Forma de Pago Se puede anticipar hasta un 50% de la subvención para programas anuales. Para actividades puntuales, el pago se realiza tras la justificación. Si la subvención es esencial para la actividad, puede pagarse por adelantado.
Gastos Subvencionables
Se pueden subvencionar gastos relacionados con actividades socioculturales y deportivas, excluyendo: comidas (salvo justificación), adquisición de bienes muebles e inmuebles, gastos de funcionamiento (alquiler, nóminas, etc.), y actividades subvencionadas por otras vías.

Requisitos y Beneficiarios

Beneficiarios: PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Podrán ser beneficiarios de estas ayudas: 1) Asociaciones y clubes deportivos sin ánimo de lucro registrados en Euskadi, que operen en el municipio o que tengan un número mínimo de 3 socios locales. 2) Personas físicas empadronadas en San Millán que realicen actividades subvencionables. 3) Agrupaciones de personas empadronadas que, aunque no tengan personalidad jurídica, puedan llevar a cabo proyectos de interés público. Todos los beneficiarios deben estar al corriente de sus obligaciones tributarias y de la Seguridad Social.
✅ Compatibilidad y Concurrencia Las ayudas son compatibles con otras subvenciones, pero el total no puede superar el coste de la actividad. La subvención puede ser revisada tras conocer otras ayudas recibidas.

Detalles Técnicos

Obligaciones Clave
Las obligaciones incluyen: realizar actividades antes del 31 de diciembre del año de concesión, justificar gastos, no cambiar el destino de la subvención sin autorización, incluir la mención al Ayuntamiento en la publicidad, y cumplir con criterios de igualdad y uso del euskera.
Documentación Requerida
Criterios de Valoración
Los criterios de valoración incluyen: 1) Prioridad a actividades en el municipio. 2) Dificultad de ejecución sin subvención. 3) Interés general de la actividad. 4) Ámbito territorial de la actividad. 5) Número de beneficiarios locales. 6) Relación coste-programa y aportación de la entidad. 7) Promoción de la igualdad de género.

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Referencia de la Convocatoria
Convocatoria de ayudas para financiar iniciativas de carácter sociocultural y deportivo desarrolladas por asociaciones, clubes deportivos y/o personas físicas en el año 2026
Resumen: Las bases reguladoras de la convocatoria de subvenciones del Ayuntamiento de San Millán para el año 2026 tienen como objetivo financiar iniciativas socioculturales y deportivas desarrolladas por asociaciones, clubes deportivos y personas físicas. Estas subvenciones buscan complementar la intervención municipal y fomentar actividades de interés local. Las ayudas se regirán por la Ley General de Subvenciones y otras normativas locales. Se priorizarán actividades que se realicen en el municipio y que sean de difícil ejecución sin subvención.
BDNS: 900949