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Subvención al Ayuntamiento de Belver de Cinca para ampliación de edificio existente para uso deportivo en Belver de Cinca

Infraestructuras

El Decreto Nº 1333 de 14 de abril de 2026 concede una subvención nominativa al Ayuntamiento de Belver de Cinca para la ampliación de un edificio existente destinado a uso deportivo. La subvención se enmarca dentro de la aplicación presupuestaria de la Diputación Provincial de Huesca para el ejercicio 2026, con un importe total de 100.000,00 € y un coste total de la actividad de 175.037,89 €. La subvención es compatible con otras ayudas públicas y privadas, siempre que no se supere el 80% del coste total de la actividad. El plazo de ejecución y justificación de la subvención se establece hasta el 20 de noviembre de 2026, con un plazo adicional para la justificación del pago efectivo hasta el 1 de marzo de 2027.

BDNS: 901422 | Registro: 2026-04-24

Análisis Económico

Importe Máximo El importe máximo a justificar es de 175.037,89 €, y el importe mínimo a justificar para no reducir la subvención es de 125.000,00 €.
% Subvención La subvención cubre un importe cierto de 100.000,00 €, que representa el 80% del coste total de la actividad, que es de 175.037,89 €.
Forma de Pago El pago se realizará previa justificación de los gastos, con la posibilidad de anticipos que se ajusten al ritmo de ejecución de la obra. Los pagos no podrán superar el importe de adjudicación de la obra.
Gastos Subvencionables
Los gastos subvencionables incluyen todos los costes relacionados con la ampliación del edificio para uso deportivo, siempre que estén debidamente justificados. Se requiere la presentación de facturas y otros documentos probatorios que acrediten el gasto realizado.

Requisitos y Beneficiarios

Beneficiarios: PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El beneficiario de la subvención es el Ayuntamiento de Belver de Cinca, que debe cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones (LGS). Esto incluye estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, así como no estar incurso en periodo ejecutivo de deudas tributarias o por reintegro de subvenciones con la Diputación Provincial de Huesca. Además, el Ayuntamiento debe aceptar expresamente la subvención en un plazo de quince días desde la notificación de la resolución.
✅ Compatibilidad y Concurrencia La subvención es compatible con otras ayudas públicas y privadas, siempre que la suma de todas las ayudas no supere el 80% del coste total de la actividad. En caso de recibir otras aportaciones, el beneficiario debe comunicarlas a la Diputación en un plazo de un mes.

Detalles Técnicos

Obligaciones Clave
Las obligaciones del beneficiario incluyen: 1) Aceptar la subvención en el plazo establecido; 2) Mantenerse al corriente de obligaciones tributarias y de Seguridad Social; 3) Cumplir con la normativa de contratación; 4) Facilitar información requerida por la Diputación; 5) Publicitar adecuadamente la financiación pública; 6) Justificar los gastos en los plazos establecidos; 7) Comunicar cualquier modificación en los términos de la actuación subvencionada.
Documentación Requerida
Criterios de Valoración
La subvención se concede de acuerdo a la normativa vigente y no se especifican criterios de valoración adicionales en el decreto. Sin embargo, se establece que el importe a abonar no podrá superar el 80% del coste total de la actividad, y se debe justificar adecuadamente los gastos e ingresos relacionados con la actividad subvencionada.

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Referencia de la Convocatoria
Subvención al Ayuntamiento de Belver de Cinca para ampliación de edificio existente para uso deportivo en Belver de Cinca
Resumen: El Decreto Nº 1333 de 14 de abril de 2026 concede una subvención nominativa al Ayuntamiento de Belver de Cinca para la ampliación de un edificio existente destinado a uso deportivo. La subvención se enmarca dentro de la aplicación presupuestaria de la Diputación Provincial de Huesca para el ejercicio 2026, con un importe total de 100.000,00 € y un coste total de la actividad de 175.037,89 €. La subvención es compatible con otras ayudas públicas y privadas, siempre que no se supere el 80% del coste total de la actividad. El plazo de ejecución y justificación de la subvención se establece hasta el 20 de noviembre de 2026, con un plazo adicional para la justificación del pago efectivo hasta el 1 de marzo de 2027.
BDNS: 901422