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AUTONOMICA

Orden de 29 de abril de 2026, Consejería de la Presidencia, por la que se efectúa convocatoria pública para concesión de subvenciones a los municipios para el mantenimiento de los centros de ocio y convivencia, con cargo a la CELG para 2026

Otras Prestaciones económicas

La presente convocatoria tiene como objetivo la concesión de subvenciones a los municipios de Castilla y León para el mantenimiento de centros de ocio y convivencia, con cargo a la cooperación económica local general del año 2026. Estas ayudas están destinadas a sufragar los gastos corrientes relacionados con el funcionamiento de dichos centros, que son esenciales para la cohesión social y la lucha contra la despoblación en áreas rurales. Se priorizarán los municipios con poblaciones de hasta 200 habitantes, y posteriormente aquellos con hasta 300 habitantes, hasta agotar el crédito disponible.

BDNS: 902760 | Registro: 2026-04-30

Análisis Económico

Importe Máximo El importe total de la convocatoria es de 3.032.116 euros, con posibilidad de incremento de hasta 500.000 euros.
% Subvención 100% de los gastos corrientes subvencionados, con un importe máximo de 3.000 euros por cada centro de ocio o convivencia.
Forma de Pago Las subvenciones se pagarán tras la justificación de los gastos, y se requiere un certificado que acredite la aplicación de la subvención a los gastos subvencionables.
Gastos Subvencionables
Los gastos subvencionables incluyen suministros generales como agua, electricidad, gas, calefacción, aire acondicionado, internet, y cuotas de televisión o plataformas audiovisuales, todos vinculados al funcionamiento de los centros de ocio y convivencia.

Requisitos y Beneficiarios

Beneficiarios: PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Los beneficiarios de estas subvenciones son los municipios y entidades locales menores que cuenten con un solo centro de ocio y convivencia. Para ser elegibles, deben cumplir ciertos requisitos: tener un presupuesto aprobado para 2026, estar al corriente en obligaciones tributarias y de seguridad social, y haber rendido cuentas a los órganos de control externo. Se priorizarán las solicitudes de municipios con poblaciones de hasta 200 habitantes.
✅ Compatibilidad y Concurrencia Las subvenciones son compatibles con otras ayudas para la misma finalidad, siempre que no superen el coste total de la actividad subvencionada.

Detalles Técnicos

Obligaciones Clave
Los beneficiarios deben mantener el centro abierto al público al menos cinco días a la semana, permitir el acceso general a todas las personas, y colocar una placa identificativa que indique la financiación pública recibida.
Documentación Requerida
Criterios de Valoración
Las solicitudes se valorarán según la fecha de presentación y la población del municipio solicitante. Se dará preferencia a aquellos municipios con menor población y que cumplan con todos los requisitos establecidos en la convocatoria.

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Referencia de la Convocatoria
Orden de 29 de abril de 2026, Consejería de la Presidencia, por la que se efectúa convocatoria pública para concesión de subvenciones a los municipios para el mantenimiento de los centros de ocio y convivencia, con cargo a la CELG para 2026
Resumen: La presente convocatoria tiene como objetivo la concesión de subvenciones a los municipios de Castilla y León para el mantenimiento de centros de ocio y convivencia, con cargo a la cooperación económica local general del año 2026. Estas ayudas están destinadas a sufragar los gastos corrientes relacionados con el funcionamiento de dichos centros, que son esenciales para la cohesión social y la lucha contra la despoblación en áreas rurales. Se priorizarán los municipios con poblaciones de hasta 200 habitantes, y posteriormente aquellos con hasta 300 habitantes, hasta agotar el crédito disponible.
BDNS: 902760