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AUTONOMICA

SAN MARTIN DE OSCOS/RESOLUCIÓN 2/07/2001 JUNTA SANEAMIENTO – CONCESIÓN APORTACIONES OR COSTES DE EXPLOTACIÓN, MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE OBRAS E INSTALACIONES DE DEPURACIÓN Y DE AYUDAS PARA FINANCIAR GASTOS DE INVERSIÓN

Otras actuaciones de carácter económico

La resolución de 2 de julio de 2001 establece las bases para la concesión de aportaciones y ayudas a concejos y entidades públicas en el Principado de Asturias, destinadas a financiar los costes de explotación, mantenimiento y conservación de obras e instalaciones de depuración de aguas residuales, así como gastos de inversión. Se busca asegurar la correcta gestión de las instalaciones de depuración, especialmente en pequeñas localidades donde muchas de estas instalaciones están abandonadas. La resolución también incluye la evaluación de impacto ambiental de proyectos de concentración parcelaria en la zona de Sangoñedo-El Fresno, determinando que no es necesario someter el proyecto a evaluación de impacto ambiental, aunque sí a una evaluación preliminar.

BDNS: 900870 | Registro: 2026-04-22

Análisis Económico

Importe Máximo La cuantía global máxima de las aportaciones y ayudas dependerá del crédito disponible, no excediendo de la consignación establecida en los presupuestos correspondientes.
% Subvención Las aportaciones cubrirán los costes de explotación, mantenimiento y conservación de las instalaciones, así como gastos de inversión, con un límite que dependerá de la disponibilidad del canon recaudado.
Forma de Pago Se permite solicitar un pago anticipado del 50% de la aportación o ayuda. El segundo pago se realizará una vez justificado el gasto correspondiente al primer anticipo.
Gastos Subvencionables
Se consideran gastos subvencionables: costes de explotación, mantenimiento y conservación de las instalaciones de depuración, así como gastos de inversión necesarios para su puesta en funcionamiento.

Requisitos y Beneficiarios

Beneficiarios: PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Los beneficiarios son los concejos y entidades públicas que sean titulares de obras e instalaciones de depuración de aguas residuales, no consideradas de interés regional, y que cumplan con la obligación de facturar, recaudar y liquidar el canon de saneamiento. Deben presentar solicitudes para la concesión de aportaciones y ayudas, y demostrar que están al corriente de sus obligaciones fiscales y legales.
✅ Compatibilidad y Concurrencia Las aportaciones y ayudas no podrán superar el coste real de la actuación y no podrán ser destinadas a otros conceptos distintos de aquellos para los que fueron concedidas. Se establece que la ayuda de la Junta de Saneamiento no podrá ser acumulada con otras ayudas que superen el coste real de la actuación.

Detalles Técnicos

Obligaciones Clave
Los beneficiarios deben mantener y explotar eficazmente las instalaciones, informar periódicamente sobre su funcionamiento, y comunicar cualquier anomalía. La Junta de Saneamiento podrá realizar inspecciones y comprobar el uso de las ayudas.
Documentación Requerida
Criterios de Valoración
La valoración de las solicitudes se realizará en función de la adecuación a las necesidades de depuración y de inversión de cada núcleo, considerando el equilibrio territorial. Para costes de explotación, se valorará la complejidad de las instalaciones y la calidad del efluente. Para gastos de inversión, se considerarán los beneficios para el medio ambiente, la población servida y la complementariedad con otras actuaciones.

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Referencia de la Convocatoria
SAN MARTIN DE OSCOS/RESOLUCIÓN 2/07/2001 JUNTA SANEAMIENTO – CONCESIÓN APORTACIONES OR COSTES DE EXPLOTACIÓN, MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE OBRAS E INSTALACIONES DE DEPURACIÓN Y DE AYUDAS PARA FINANCIAR GASTOS DE INVERSIÓN
Resumen: La resolución de 2 de julio de 2001 establece las bases para la concesión de aportaciones y ayudas a concejos y entidades públicas en el Principado de Asturias, destinadas a financiar los costes de explotación, mantenimiento y conservación de obras e instalaciones de depuración de aguas residuales, así como gastos de inversión. Se busca asegurar la correcta gestión de las instalaciones de depuración, especialmente en pequeñas localidades donde muchas de estas instalaciones están abandonadas. La resolución también incluye la evaluación de impacto ambiental de proyectos de concentración parcelaria en la zona de Sangoñedo-El Fresno, determinando que no es necesario someter el proyecto a evaluación de impacto ambiental, aunque sí a una evaluación preliminar.
BDNS: 900870