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AUTONOMICA

Resolución TER//2026, de 29 de abril, por la que se abre la convocatoria para la concesión de las subvenciones del Programa de rehabilitación de viviendas de titularidad pública y privada, para fomentar el arraigo y repoblación en entornos rurales

Acceso a la vivienda y fomento de la edificación

La Resolución TER/2026, de 29 de abril, abre la convocatoria para la concesión de subvenciones del Programa de rehabilitación de viviendas de titularidad pública y privada en Cataluña, con el objetivo de fomentar el arraigo y repoblación en entornos rurales. La convocatoria se rige por las bases reguladoras establecidas en la Resolución TER/723/2026, que especifican los requisitos y procedimientos para la solicitud de ayudas. Se destina un total de 5.000.000 euros, distribuidos en varias anualidades, para financiar proyectos de rehabilitación que cumplan con los criterios establecidos. Las solicitudes se pueden presentar desde el 18 de mayo hasta el 10 de septiembre de 2026, y las obras no deben haber comenzado antes del 1 de enero de 2025.

BDNS: 902880 | Registro: 2026-04-30

Análisis Económico

Importe Máximo El importe máximo inicial de la dotación presupuestaria es de 5.000.000 euros, distribuidos en anualidades: 500.000 euros para 2026, 1.250.000 euros para 2027, 2.500.000 euros para 2028 y 750.000 euros para 2029.
% Subvención La subvención cubrirá hasta el 100% de los gastos subvencionables, dependiendo de la naturaleza del proyecto y su adecuación a los criterios establecidos.
Forma de Pago El pago de la subvención se tramitará tras la justificación de la actuación con la presentación de facturas y recibos que acrediten el gasto y su pago. Se contempla la posibilidad de cesión del derecho de cobro de la subvención a favor de los acreedores.
Gastos Subvencionables
Los gastos subvencionables incluyen: honorarios de profesionales, materiales de construcción, costes de ejecución de obras, y otros gastos directamente relacionados con la rehabilitación de la vivienda. No se financiarán gastos que no estén debidamente justificados o que no cumplan con la normativa aplicable.

Requisitos y Beneficiarios

Beneficiarios: PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA; PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA; PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Los beneficiarios de estas subvenciones son propietarios de viviendas, tanto personas físicas como jurídicas, que deseen rehabilitar inmuebles situados en municipios específicos de Cataluña. Los solicitantes deben demostrar que la vivienda ha estado desocupada durante más de dos años y presentar la documentación requerida, que incluye la titularidad del inmueble y, en su caso, el acuerdo de cesión de uso. Además, deben estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
✅ Compatibilidad y Concurrencia Las subvenciones son compatibles con otras ayudas, siempre que la suma de las ayudas no supere el coste total de la actuación subvencionada. Se debe informar sobre otras fuentes de financiación en la solicitud.

Detalles Técnicos

Obligaciones Clave
Los beneficiarios deben mantener la inversión durante un periodo mínimo, cumplir con las obligaciones de justificación de gastos, y garantizar la publicidad de la subvención recibida. También deben presentar informes de seguimiento y cumplir con la normativa urbanística y de seguridad.
Documentación Requerida
Criterios de Valoración
Los criterios de valoración se basan en la adecuación del proyecto a las necesidades de rehabilitación, el impacto en la repoblación y el arraigo en el entorno rural, así como la viabilidad técnica y económica del proyecto. Se valorará la presentación de ofertas de diferentes empresas para la ejecución de las obras y la justificación de la elección de la oferta más ventajosa.

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Referencia de la Convocatoria
Resolución TER//2026, de 29 de abril, por la que se abre la convocatoria para la concesión de las subvenciones del Programa de rehabilitación de viviendas de titularidad pública y privada, para fomentar el arraigo y repoblación en entornos rurales
Resumen: La Resolución TER/2026, de 29 de abril, abre la convocatoria para la concesión de subvenciones del Programa de rehabilitación de viviendas de titularidad pública y privada en Cataluña, con el objetivo de fomentar el arraigo y repoblación en entornos rurales. La convocatoria se rige por las bases reguladoras establecidas en la Resolución TER/723/2026, que especifican los requisitos y procedimientos para la solicitud de ayudas. Se destina un total de 5.000.000 euros, distribuidos en varias anualidades, para financiar proyectos de rehabilitación que cumplan con los criterios establecidos. Las solicitudes se pueden presentar desde el 18 de mayo hasta el 10 de septiembre de 2026, y las obras no deben haber comenzado antes del 1 de enero de 2025.
BDNS: 902880