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ESTADO

Resolución de 17 de marzo de 2026 de la Secretaría de Estado de Sanidad, por la que se convoca la concesión ayudas económicas a corporaciones locales para el desarrollo de programas de prevención de las adicciones, con cargo al Fondo de bienes decomisados

Servicios Sociales y Promoción Social

La presente convocatoria tiene como objetivo la concesión de ayudas económicas a corporaciones locales para el desarrollo de programas de prevención de las adicciones, financiadas con cargo al Fondo de bienes decomisados por tráfico ilícito de drogas y otros delitos relacionados. Se busca promover la igualdad en la prevención del consumo de drogas y las actividades delictivas asociadas, garantizando la gestión eficiente del gasto público. Las ayudas se destinarán a programas que se desarrollen entre el 1 de enero de 2026 y el 30 de septiembre de 2027, en consonancia con la Estrategia Nacional sobre Adicciones vigente.

BDNS: 906134 | Registro: 2026-05-18

Análisis Económico

Importe Máximo El importe máximo a subvencionar por programa es de 400.000 euros.
% Subvención Las corporaciones locales podrán solicitar hasta un 70% del coste del programa, con un límite máximo de 400.000 euros por programa.
Forma de Pago El pago de la subvención se realizará en un solo pago, previa presentación de la documentación requerida, incluyendo un Certificado de Previsión de Gastos adaptado a la cantidad subvencionada.
Gastos Subvencionables
Los gastos subvencionables incluyen personal necesario para la actividad, materiales no inventariables, gastos de gestión y administrativos, y gastos del local donde se desarrolle la actividad. No se consideran subvencionables los gastos de personal fijo municipal ni los de mantenimiento habitual de locales.

Requisitos y Beneficiarios

Beneficiarios: PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Podrán solicitar estas ayudas las corporaciones locales que sean capitales de provincia o comunidad autónoma, cabildos o consejos insulares, o municipios con una población de derecho igual o superior a 100.000 habitantes. Además, deben tener un Plan de Drogas o Adicciones vigente. No podrán solicitar ayudas aquellas entidades que se encuentren en alguna de las causas de exclusión establecidas en la Ley General de Subvenciones.
✅ Compatibilidad y Concurrencia Las ayudas son compatibles con otras subvenciones, siempre que el importe total no supere el coste de la actividad a desarrollar. Las corporaciones deben comunicar cualquier otra subvención recibida para el programa subvencionado.

Detalles Técnicos

Obligaciones Clave
Las corporaciones locales deben realizar los programas subvencionados, dar publicidad a la financiación recibida, justificar la subvención técnica y económicamente, y mantener la proporción de cofinanciación del programa. También deben cumplir con las normativas de seguridad y salud en la realización de actividades.
Documentación Requerida
Criterios de Valoración
Los criterios de valoración se dividen en dos categorías: 1) Criterios de la corporación local (máximo 25 puntos): población de derecho y capitalidad. 2) Criterios del programa (máximo 75 puntos): justificación de la necesidad, objetivos, calidad técnica, adecuación del planteamiento de evaluación y adecuación del presupuesto. Se requiere una puntuación mínima de 50 puntos para acceder a la subvención.

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Referencia de la Convocatoria
Resolución de 17 de marzo de 2026 de la Secretaría de Estado de Sanidad, por la que se convoca la concesión ayudas económicas a corporaciones locales para el desarrollo de programas de prevención de las adicciones, con cargo al Fondo de bienes decomisados
Resumen: La presente convocatoria tiene como objetivo la concesión de ayudas económicas a corporaciones locales para el desarrollo de programas de prevención de las adicciones, financiadas con cargo al Fondo de bienes decomisados por tráfico ilícito de drogas y otros delitos relacionados. Se busca promover la igualdad en la prevención del consumo de drogas y las actividades delictivas asociadas, garantizando la gestión eficiente del gasto público. Las ayudas se destinarán a programas que se desarrollen entre el 1 de enero de 2026 y el 30 de septiembre de 2027, en consonancia con la Estrategia Nacional sobre Adicciones vigente.
BDNS: 906134