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AUTONOMICA

CABRALES/RESOLUCIÓN 2/07/2001 JUNTA SANEAMIENTO – CONCESIÓN APORTACIONES OR COSTES DE EXPLOTACIÓN, MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE OBRAS E INSTALACIONES DE DEPURACIÓN Y DE AYUDAS PARA FINANCIAR GASTOS DE INVERSIÓN

Otras actuaciones de carácter económico

La resolución de 2 de julio de 2001 establece las bases para la concesión de aportaciones y ayudas a concejos y entidades públicas en el Principado de Asturias, destinadas a financiar los costes de explotación, mantenimiento y conservación de obras e instalaciones de depuración de aguas residuales, así como gastos de inversión. Se busca asegurar la correcta gestión de las instalaciones de depuración, especialmente en pequeñas localidades donde muchas de estas instalaciones están abandonadas o en mal estado. Las ayudas se financiarán con cargo al canon de saneamiento recaudado y se regirán por criterios de necesidad y adecuación a las normativas ambientales.

BDNS: 905826 | Registro: 2026-05-14

Análisis Económico

Importe Máximo La cuantía global máxima de las aportaciones y ayudas dependerá del crédito disponible, no excediendo de la consignación establecida en los presupuestos correspondientes.
% Subvención Las aportaciones cubrirán los costes de explotación, mantenimiento y conservación como gasto prioritario. Las ayudas para gastos de inversión se concederán según disponibilidad presupuestaria.
Forma de Pago Se podrá solicitar un pago anticipado del 50% de la aportación. El segundo pago se realizará una vez justificado el gasto correspondiente al primer anticipo.
Gastos Subvencionables
Se consideran subvencionables los costes de explotación, mantenimiento y conservación de las instalaciones de depuración, así como los gastos de inversión necesarios para su puesta en funcionamiento.

Requisitos y Beneficiarios

Beneficiarios: PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Podrán solicitar las ayudas los concejos y entidades públicas que sean titulares de obras e instalaciones de depuración de aguas residuales, no consideradas de interés regional, y que cumplan con la obligación de facturar, recaudar y liquidar el canon de saneamiento. Es necesario que estas entidades presenten un informe sobre el estado de las instalaciones y justifiquen la necesidad de las actuaciones solicitadas.
✅ Compatibilidad y Concurrencia Las ayudas no podrán superar el coste real de la actuación y no se podrán destinar a otros fines distintos a los establecidos. Se deberá justificar la obtención de otras ayudas para la misma finalidad.

Detalles Técnicos

Obligaciones Clave
Los beneficiarios deben mantener y explotar eficazmente las instalaciones, informar periódicamente sobre su funcionamiento y comunicar cualquier anomalía. La Junta de Saneamiento podrá realizar inspecciones y comprobar el uso de las ayudas.
Documentación Requerida
Criterios de Valoración
La valoración de las solicitudes se realizará en función de la adecuación a las necesidades de depuración y de inversión de cada núcleo, considerando el equilibrio territorial. Para costes de explotación, se valorará la complejidad de las instalaciones y la calidad del efluente. Para gastos de inversión, se considerarán los beneficios ambientales, la población servida y la complementariedad con otras actuaciones del Principado.

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Referencia de la Convocatoria
CABRALES/RESOLUCIÓN 2/07/2001 JUNTA SANEAMIENTO – CONCESIÓN APORTACIONES OR COSTES DE EXPLOTACIÓN, MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE OBRAS E INSTALACIONES DE DEPURACIÓN Y DE AYUDAS PARA FINANCIAR GASTOS DE INVERSIÓN
Resumen: La resolución de 2 de julio de 2001 establece las bases para la concesión de aportaciones y ayudas a concejos y entidades públicas en el Principado de Asturias, destinadas a financiar los costes de explotación, mantenimiento y conservación de obras e instalaciones de depuración de aguas residuales, así como gastos de inversión. Se busca asegurar la correcta gestión de las instalaciones de depuración, especialmente en pequeñas localidades donde muchas de estas instalaciones están abandonadas o en mal estado. Las ayudas se financiarán con cargo al canon de saneamiento recaudado y se regirán por criterios de necesidad y adecuación a las normativas ambientales.
BDNS: 905826