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AUTONOMICA

LÍNEA S0146. Resolución del Conseller de Sanidad, por la que efectúa la convocatoria de las ayudas destinadas a promover proyectos de promoción de la salud perinatal y primera infancia

Sanidad

La presente convocatoria tiene como objetivo promover la salud perinatal y la primera infancia mediante el apoyo y la ayuda mutua durante el embarazo, el parto, el puerperio y la crianza. Se busca fomentar la lactancia materna y la crianza positiva, regulándose a través de la Orden 2/2026. Las ayudas se otorgarán mediante un procedimiento de concurrencia competitiva, con un total de 63.000 euros disponibles para financiar proyectos que cumplan con los requisitos establecidos.

BDNS: 905883 | Registro: 2026-05-15

Análisis Económico

Importe Máximo El importe máximo por proyecto es de 63.000 euros.
% Subvención Las subvenciones no podrán superar un total de 63.000 euros, distribuyéndose según la puntuación obtenida en la evaluación de las solicitudes.
Forma de Pago El pago se realizará tras la justificación de la actividad subvencionada y se deberá estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. La justificación debe presentarse electrónicamente hasta el 15 de noviembre de 2026.
Gastos Subvencionables
Los gastos subvencionables se definirán en el marco del artículo 15 de la Orden 2/2026, incluyendo gastos relacionados con la ejecución del proyecto, aunque no se especifican en el documento analizado.

Requisitos y Beneficiarios

Beneficiarios: PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Podrán solicitar las subvenciones las asociaciones y entidades sin ánimo de lucro que trabajen con madres y padres en la promoción de la salud perinatal y la crianza positiva, debiendo estar acreditadas. Además, deberán cumplir con los requisitos generales de la Ley 38/2003 y no tener fines contrarios al principio de igualdad entre hombres y mujeres. También deberán cumplir con la Ley 9/2003 y la Ley Orgánica 3/2007 en relación con el plan de igualdad.
✅ Compatibilidad y Concurrencia Las subvenciones son compatibles con otras ayudas, siempre que el total no supere el coste de la actividad subvencionada. Se debe informar a la Dirección General de Salud Pública sobre la percepción de otras ayudas.

Detalles Técnicos

Obligaciones Clave
Las entidades beneficiarias deben mantener el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, justificar la actividad subvencionada y cumplir con las normativas de igualdad y no discriminación.
Documentación Requerida
Criterios de Valoración
Las solicitudes serán valoradas con un mínimo de 60 puntos sobre 100, distribuidos de la siguiente manera: a) Relevancia (hasta 10 puntos), b) Calidad (hasta 50 puntos), c) Trabajo colaborativo (hasta 20 puntos), d) Viabilidad económico-financiera y técnica (hasta 10 puntos), e) Experiencia acreditada (hasta 10 puntos). Se excluyen proyectos con menos de 4 puntos en relevancia.

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Referencia de la Convocatoria
LÍNEA S0146. Resolución del Conseller de Sanidad, por la que efectúa la convocatoria de las ayudas destinadas a promover proyectos de promoción de la salud perinatal y primera infancia
Resumen: La presente convocatoria tiene como objetivo promover la salud perinatal y la primera infancia mediante el apoyo y la ayuda mutua durante el embarazo, el parto, el puerperio y la crianza. Se busca fomentar la lactancia materna y la crianza positiva, regulándose a través de la Orden 2/2026. Las ayudas se otorgarán mediante un procedimiento de concurrencia competitiva, con un total de 63.000 euros disponibles para financiar proyectos que cumplan con los requisitos establecidos.
BDNS: 905883