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AUTONOMICA

Convocatoria de subvenciones a entidades de iniciativa social del área de discapacidad para el programa de respiro familiar, año 2026

Servicios Sociales y Promoción Social

La Orden Foral 294E/2026 establece la convocatoria de subvenciones para entidades de iniciativa social en el área de personas con discapacidad, con el objetivo de cofinanciar programas de respiro familiar. Estos programas buscan promover la autonomía personal y prevenir la dependencia de las personas con discapacidad, facilitando su acceso a actividades de ocio y cultura, y proporcionando descanso a sus familiares y cuidadores. Se prioriza la calidad de las propuestas, el coste y la inclusión de personas con discapacidad en actividades vacacionales accesibles y normalizadas.

BDNS: 905546 | Registro: 2026-05-13

Análisis Económico

Importe Máximo La cuantía total destinada a la convocatoria es de 123.382 euros.
% Subvención Los importes máximos subvencionables son: 61,50€ por persona/noche para personas con discapacidad sin acompañante, 113€ para personas con acompañante necesario, y 142€ para personas con discapacidad física o psíquica con gran afectación que requieran alojamientos o transporte accesible.
Forma de Pago El abono de la subvención se realizará en la cuenta del beneficiario. Se pueden conceder anticipos de pago, que se abonarán en un único pago si la subvención es igual o inferior a 60.000 euros, o en al menos dos partes si es superior. La justificación de la actividad es necesaria para el pago final.
Gastos Subvencionables
Los gastos subvencionables incluyen: personal directo (incluyendo coordinación), alojamiento y manutención, transporte, actividades, seguros específicos de vacaciones, y gastos administrativos y de gestión (máximo 10% del presupuesto total).

Requisitos y Beneficiarios

Beneficiarios: PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Los beneficiarios son asociaciones y entidades sin ánimo de lucro ubicadas en Navarra que intervengan exclusivamente en el área de personas con discapacidad. Deben ser personas jurídicas legalmente constituidas, tener domicilio social en Navarra o una delegación con al menos 3 años de antigüedad, carecer de fines de lucro, tener fines institucionales relacionados con la discapacidad, contar con financiación propia o de otras subvenciones, estar al corriente en obligaciones tributarias y no estar incursas en prohibiciones establecidas en la Ley Foral de Subvenciones. Además, deben haber recibido subvención en la modalidad de ‘Desarrollo de Programas’ en la convocatoria anterior.
✅ Compatibilidad y Concurrencia La concesión de estas subvenciones es compatible con otras ayudas o subvenciones para la misma finalidad, siempre que el total no supere el coste de la actividad a desarrollar.

Detalles Técnicos

Obligaciones Clave
Las entidades beneficiarias deben ejecutar el programa según lo descrito, presentar documentos justificativos, cumplir con las obligaciones de publicidad y comunicación, someterse a comprobaciones, conservar documentos justificativos, y comunicar la obtención de otras ayudas.
Documentación Requerida
Criterios de Valoración
Los criterios de valoración incluyen: 1) Valoración técnica (hasta 10 puntos) basada en la descripción de objetivos y actuaciones; 2) Otros aspectos a valorar (hasta 40 puntos) que consideran la coparticipación, criterios de selección de participantes, difusión del programa, y medidas para facilitar la incorporación de mujeres; 3) Cofinanciación (hasta 20 puntos) que evalúa el porcentaje de cofinanciación del programa.

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Referencia de la Convocatoria
Convocatoria de subvenciones a entidades de iniciativa social del área de discapacidad para el programa de respiro familiar, año 2026
Resumen: La Orden Foral 294E/2026 establece la convocatoria de subvenciones para entidades de iniciativa social en el área de personas con discapacidad, con el objetivo de cofinanciar programas de respiro familiar. Estos programas buscan promover la autonomía personal y prevenir la dependencia de las personas con discapacidad, facilitando su acceso a actividades de ocio y cultura, y proporcionando descanso a sus familiares y cuidadores. Se prioriza la calidad de las propuestas, el coste y la inclusión de personas con discapacidad en actividades vacacionales accesibles y normalizadas.
BDNS: 905546