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ESTADO

Resolucion de la Directora del Instituto de las Mujeres, por la que se convoca la concesion de subvenciones ,destinadas a apoyar al movimiento asociativo y fundacional de ambito estatal 2026

Servicios Sociales y Promoción Social

La convocatoria de subvenciones 2026 del Instituto de las Mujeres tiene como objetivo financiar el mantenimiento y funcionamiento de las instalaciones y sedes de organizaciones sin ánimo de lucro que promuevan la igualdad de género y la participación de las mujeres en todos los ámbitos de la vida. Se busca fortalecer el tejido asociativo estatal y facilitar su operatividad. Las subvenciones se concederán en régimen de concurrencia competitiva, y se espera que las entidades beneficiarias utilicen los fondos para cubrir gastos operativos desde el 1 de enero de 2026 hasta el 31 de diciembre de 2027, con justificación de los gastos antes del 31 de enero de 2028.

BDNS: 905023 | Registro: 2026-05-12

Análisis Económico

Importe Máximo El importe total de la convocatoria es de hasta 1.850.000 €, con un máximo de 5.000.000 € en caso de modificación presupuestaria.
% Subvención Las subvenciones cubrirán hasta el 100% de los gastos subvencionables, con un límite de 100.000 € por entidad y un mínimo de 6.000 €.
Forma de Pago El pago se realizará en un único plazo, mediante transferencia a la cuenta bancaria indicada por la entidad, y se considera un pago anticipado completo.
Gastos Subvencionables
Se subvencionan gastos de mantenimiento y funcionamiento de sedes, alquiler, suministros, personal, formación, actividades de difusión, y gastos relacionados con la participación en organismos internacionales. No se subvencionan impuestos indirectos recuperables, gastos de amortización, ni gastos de personal de juntas directivas.

Requisitos y Beneficiarios

Beneficiarios: PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Los beneficiarios son organizaciones sin ánimo de lucro que deben cumplir varios requisitos: estar legalmente constituidas e inscritas en el registro correspondiente, tener un ámbito de actuación estatal, contar con un porcentaje mínimo del 65% de mujeres en su afiliación, plantilla y junta directiva, y no haber sido sancionadas con la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones. Además, deben estar al corriente de sus obligaciones tributarias y de la Seguridad Social.
✅ Compatibilidad y Concurrencia Las subvenciones son compatibles con otras ayudas, siempre que el total no supere el coste de la actividad subvencionada. En caso de concurrencia, se deberá renunciar a alguna de las ayudas o reintegrar el exceso.

Detalles Técnicos

Obligaciones Clave
Las entidades deben justificar los gastos, mantener la imagen institucional del Instituto de las Mujeres en el material financiado, y comunicar cualquier variación en su estructura o en la obtención de otras subvenciones. También deben cumplir con las obligaciones de control y auditoría.
Documentación Requerida
Criterios de Valoración
Los criterios de valoración incluyen: especialización en igualdad (35 puntos), trabajo con sectores vulnerables (25 puntos), actividades de difusión y formación (15 puntos), innovación en metodologías (5 puntos), pertenencia a organismos de interlocución (15 puntos), presencia internacional (5 puntos), antigüedad de la entidad (10 puntos), volumen de presupuesto (8 puntos), control financiero (8 puntos), y estructura y presencia territorial (8 puntos). Se requiere un mínimo de 75 puntos para ser beneficiario.

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Referencia de la Convocatoria
Resolucion de la Directora del Instituto de las Mujeres, por la que se convoca la concesion de subvenciones ,destinadas a apoyar al movimiento asociativo y fundacional de ambito estatal 2026
Resumen: La convocatoria de subvenciones 2026 del Instituto de las Mujeres tiene como objetivo financiar el mantenimiento y funcionamiento de las instalaciones y sedes de organizaciones sin ánimo de lucro que promuevan la igualdad de género y la participación de las mujeres en todos los ámbitos de la vida. Se busca fortalecer el tejido asociativo estatal y facilitar su operatividad. Las subvenciones se concederán en régimen de concurrencia competitiva, y se espera que las entidades beneficiarias utilicen los fondos para cubrir gastos operativos desde el 1 de enero de 2026 hasta el 31 de diciembre de 2027, con justificación de los gastos antes del 31 de enero de 2028.
BDNS: 905023