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AUTONOMICA

RESOLUCIÓN DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE FOMENTO DEL EMPRENDIMIENTO Y LA FORMACIÓN CONTINUA POR LA QUE SE CONVOCA PARA EL AÑO 2026 LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA NO COMPETITIVA, DESTINADAS A ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO QUE FOMENTEN

Otras Prestaciones económicas

La convocatoria tiene como objeto la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva para el año 2026, destinadas a entidades sin ánimo de lucro que fomenten la cultura emprendedora en Andalucía. Las actuaciones subvencionables incluyen la organización de jornadas, foros, ferias, concursos y actividades de networking que promuevan actitudes y habilidades empresariales. Se busca contribuir al desarrollo de nuevas iniciativas emprendedoras e innovadoras, así como fomentar la creatividad y el intercambio de conocimientos en el ámbito del emprendimiento.

BDNS: 905615 | Registro: 2026-05-14

Análisis Económico

Importe Máximo 10.000 € por proyecto solicitado.
% Subvención 100% del coste total del presupuesto subvencionable.
Forma de Pago Las subvenciones se pagarán con cargo a los créditos presupuestarios disponibles, distribuidos en dos anualidades (2026 y 2027) con un total de 220.000 €, siendo 110.000 € para cada año.
Gastos Subvencionables
Se pueden financiar gastos relacionados con la organización de actividades de difusión de la cultura emprendedora, como jornadas, foros, ferias, concursos y actividades de networking.

Requisitos y Beneficiarios

Beneficiarios: PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Podrán ser beneficiarias las entidades sin ánimo de lucro legalmente constituidas en Andalucía, conforme a la Ley 4/2006 de Asociaciones y la Ley 10/2005 de Fundaciones. Deben tener como fin fomentar el emprendimiento en Andalucía y haber estado activas en esta área durante al menos dos años desde la publicación de la convocatoria. Se admite una única solicitud por entidad.
✅ Compatibilidad y Concurrencia No se menciona explícitamente la compatibilidad con otras ayudas, pero se establece que la concesión de subvenciones estará limitada por las disponibilidades presupuestarias existentes.

Detalles Técnicos

Obligaciones Clave
Las entidades beneficiarias deben justificar el uso de la subvención y cumplir con las condiciones establecidas en la convocatoria. Además, deben mantener la inversión y dar publicidad a la subvención recibida.
Documentación Requerida
Criterios de Valoración
No se especifican criterios de valoración en el documento, pero se menciona que las solicitudes se tramitarán en régimen de concurrencia no competitiva, lo que implica que se atenderán en el orden de presentación hasta agotar el crédito disponible.

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Referencia de la Convocatoria
RESOLUCIÓN DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE FOMENTO DEL EMPRENDIMIENTO Y LA FORMACIÓN CONTINUA POR LA QUE SE CONVOCA PARA EL AÑO 2026 LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA NO COMPETITIVA, DESTINADAS A ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO QUE FOMENTEN
Resumen: La convocatoria tiene como objeto la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva para el año 2026, destinadas a entidades sin ánimo de lucro que fomenten la cultura emprendedora en Andalucía. Las actuaciones subvencionables incluyen la organización de jornadas, foros, ferias, concursos y actividades de networking que promuevan actitudes y habilidades empresariales. Se busca contribuir al desarrollo de nuevas iniciativas emprendedoras e innovadoras, así como fomentar la creatividad y el intercambio de conocimientos en el ámbito del emprendimiento.
BDNS: 905615