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AUTONOMICA

Orden de 12 de mayo de 2026, convocan subvenciones con cargo al 0,7% IRPF e Impuesto de Sociedades. LINEA 3

Servicios Sociales y Promoción Social

La presente convocatoria tiene como objeto la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinadas a entidades privadas para la realización de actuaciones de interés general que atiendan fines sociales, financiadas con cargo a la asignación tributaria del 0,7% del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre Sociedades. Se regulan cuatro líneas de subvenciones, de las cuales se convocan dos para el ejercicio 2026: Línea 3, destinada a proyectos de inversión en equipamientos y vehículos adaptados, y Línea 4, para programas de ámbito provincial de interés general. Cada línea tiene una cuantía máxima específica y se financiará con crédito finalista del Estado, con limitaciones presupuestarias y sin previsión de cuantía adicional.

BDNS: 905621 | Registro: 2026-05-14

Análisis Económico

Importe Máximo Línea 3: 2.695.242,75 €; Línea 4: 11.051.111,54 €, con distribuciones específicas para cada ámbito funcional.
% Subvención 100% de los gastos subvencionables, sin posibilidad de prorrateo en la Línea 3.
Forma de Pago El pago se realizará tras la justificación de los gastos, y se contempla la posibilidad de anticipos. La justificación se realizará a través de un sistema electrónico habilitado para ello.
Gastos Subvencionables
Se consideran gastos subvencionables: equipamiento de servicios o centros, adquisición y adaptación de vehículos, gastos de auditoría (máx. 3% del coste total), y gastos bancarios directamente relacionados con la ejecución del proyecto. No se financian gastos no justificados o no contemplados en la convocatoria.

Requisitos y Beneficiarios

Beneficiarios: PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Los beneficiarios son entidades privadas que deben cumplir con requisitos específicos, como estar al corriente de sus obligaciones tributarias y de la Seguridad Social, y no estar incursos en prohibiciones para obtener subvenciones. Para la Línea 4, se establece que las entidades deben alcanzar un mínimo de 55 puntos sobre 100 para ser consideradas beneficiarias provisionales, y aquellas que obtengan entre 50 y 54 puntos serán consideradas suplentes. Se prioriza la experiencia previa en el ámbito de actuación y la adecuación de recursos humanos.
✅ Compatibilidad y Concurrencia Las subvenciones son compatibles con otras ayudas, siempre que no se supere el coste total del proyecto y se declare la obtención de otras subvenciones para la misma finalidad.

Detalles Técnicos

Obligaciones Clave
Las entidades beneficiarias deben mantener la inversión durante un periodo mínimo, cumplir con las obligaciones de justificación de gastos, y realizar la publicidad adecuada de la subvención recibida. Además, deben estar al corriente de sus obligaciones fiscales y de la Seguridad Social.
Documentación Requerida
Criterios de Valoración
Los criterios de valoración se dividen en dos fases: la primera es eliminatoria y se centra en la experiencia y capacidad de las entidades solicitantes (mínimo 20 puntos), y la segunda en la valoración del programa a realizar (mínimo 30 puntos). Se valoran aspectos como la experiencia previa, la adecuación de recursos humanos, la calidad en la gestión, la innovación del proyecto y la cofinanciación con fondos propios.

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Referencia de la Convocatoria
Orden de 12 de mayo de 2026, convocan subvenciones con cargo al 0,7% IRPF e Impuesto de Sociedades. LINEA 3
Resumen: La presente convocatoria tiene como objeto la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinadas a entidades privadas para la realización de actuaciones de interés general que atiendan fines sociales, financiadas con cargo a la asignación tributaria del 0,7% del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre Sociedades. Se regulan cuatro líneas de subvenciones, de las cuales se convocan dos para el ejercicio 2026: Línea 3, destinada a proyectos de inversión en equipamientos y vehículos adaptados, y Línea 4, para programas de ámbito provincial de interés general. Cada línea tiene una cuantía máxima específica y se financiará con crédito finalista del Estado, con limitaciones presupuestarias y sin previsión de cuantía adicional.
BDNS: 905621