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AUTONOMICA

Resolución de 14 de mayo de 2026 por la que se concede una subvención a la Fundación por la Acción Social «Mar de Niebla» para la rehabilitación psicosocial de las personas con trastornos de salud mental

Sanidad

La subvención concedida a la Asociación ‘Mar de Niebla’ por un importe de 35.000 € tiene como objetivo financiar el programa ‘Club Social Mar de Niebla’, que busca promover la rehabilitación psicosocial de personas con trastornos de salud mental. Esta acción se enmarca dentro del Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Salud para el periodo 2025-2027, y se centra en actividades de ocio y tiempo libre que faciliten la integración socio-comunitaria de los beneficiarios.

BDNS: 906361 | Registro: 2026-05-18

Análisis Económico

Importe Máximo 35.000 € por solicitud.
% Subvención 100% del importe total del programa subvencionado.
Forma de Pago El abono se realiza como un pago anticipado del 100% del importe de la subvención, sin necesidad de prestar garantía, dado que se trata de una subvención nominativa.
Gastos Subvencionables
Los gastos subvencionables incluyen: nóminas del personal que desarrolla el programa, gastos de Seguridad Social a cargo de la entidad, y gastos de gestión y administración directamente relacionados con la actividad subvencionada, que no superen el 9% del importe total subvencionado. No se admiten gastos de capital ni de amortización de bienes inventariables.

Requisitos y Beneficiarios

Beneficiarios: PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El único beneficiario de esta subvención es la Asociación ‘Mar de Niebla’, que debe estar al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social. Además, no debe estar incurso en prohibiciones para ser beneficiario según la Ley General de Subvenciones. La asociación también debe haber cumplido con las obligaciones de ayudas y subvenciones anteriores.
✅ Compatibilidad y Concurrencia La subvención es compatible con otras ayudas, siempre que el total de subvenciones no supere el coste de la actividad subvencionada. El beneficiario debe comunicar la obtención de otras subvenciones al órgano concedente.

Detalles Técnicos

Obligaciones Clave
Las obligaciones incluyen justificar los gastos antes del 16 de febrero de 2027, someterse a comprobaciones por parte del órgano concedente, y dar publicidad del carácter público de la financiación. Además, se debe reintegrar el importe si no se justifican adecuadamente los gastos.
Documentación Requerida
Criterios de Valoración
No se especifican criterios de valoración en el documento, ya que se trata de una subvención nominativa directa.

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Referencia de la Convocatoria
Resolución de 14 de mayo de 2026 por la que se concede una subvención a la Fundación por la Acción Social «Mar de Niebla» para la rehabilitación psicosocial de las personas con trastornos de salud mental
Resumen: La subvención concedida a la Asociación ‘Mar de Niebla’ por un importe de 35.000 € tiene como objetivo financiar el programa ‘Club Social Mar de Niebla’, que busca promover la rehabilitación psicosocial de personas con trastornos de salud mental. Esta acción se enmarca dentro del Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Salud para el periodo 2025-2027, y se centra en actividades de ocio y tiempo libre que faciliten la integración socio-comunitaria de los beneficiarios.
BDNS: 906361